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Documento BOE-B-2024-27189

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura sobre la Resolución del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de trazado "Humanización de la travesía de Plasencia y mejora de la movilidad y accesibilidad de usuarios vulnerables. Carreteras N-110 y N-630A. Provincia de Cáceres. "Clave: 33-CC-3680.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 23 de julio de 2024, páginas 41482 a 41484 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2024-27189

TEXTO

Por Resolución de fecha 10 de julio de 2024 el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por delegación del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible (DA quinta RD 253/2024 y Orden TMA/1007/2021, de 9 de modificada por la Orden TMA/355/2023), ha resuelto:

1. APROBAR el Expediente de Información Pública y, definitivamente, el proyecto de trazado "Humanización de la travesía de Plasencia y mejora de la movilidad y accesibilidad de usuarios vulnerables. Carreteras N-110 y N-630a. Provincia de Cáceres" con un presupuesto Base de Licitación estimado (IVA incluido) de 2.858.033,99 €, con las siguientes prescripciones que son resultado de la admisión de alegaciones presentadas en el procedimiento de información pública y que deberán incluirse en el proyecto de construcción a redactar:

1.1. El Proyecto de Construcción incluirá, en su Memoria, una mención expresa al cumplimiento de cada uno de los seis objetivos medioambientales incluidos en el DNSH.

1.2. Antes del inicio de las obras, deberá constar que el Ayuntamiento de Plasencia pone a disposición del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible los terrenos necesarios para la ejecución de las actuaciones.

1.3. En los cruzamientos, paralelismos y proximidades, en las condiciones más desfavorables que marca la Reglamentación Vigente, se cumplirán siempre las distancias mínimas de seguridad.

1.4. Será de obligado cumplimiento el Reglamento de Líneas Eléctricas de Alta Tensión RD 223/2008 de 15 de febrero, y en particular, la ITC-LAT 06/ITC-LAT 07, el Reglamento de Baja Tensión RD 842/2002 de 2 de agosto, y el RD 1955/2000 de 1 de diciembre.

1.5. Durante los trabajos de ejecución de cruzamiento, paralelismo o proximidad, se cumplirá con toda la reglamentación en materia de seguridad y en especial el RD 614/2001.

1.6. Cualquier nueva actuación que origine el cruzamiento, paralelismo o proximidad, en la red eléctrica gestionada por Iberdrola, deberá ser valorada económicamente e incluida en el Proyecto de Construcción, con coste dentro del presupuesto de ejecución de la obra. Se cumplirá con la Reglamentación Vigente y será necesario tramitar la apertura de un expediente "tipo TCT 05 de modificación de instalaciones".

1.7. Se incluirán y cumplirán las siguientes consideraciones para trabajos junto a instalaciones o redes de gas:

· No se permitirá efectuar cualquier tipo de replanteo, movimiento de tierras, excavación, o cualquier otro trabajo, si previamente no se ha localizado e identificado la instalación de gas. No tendrán esta consideración los trabajos que de manera superficial no ponen en peligro la canalización.

· No se permitirá levantar edificaciones o construcciones de cualquier tipo, aunque tengan carácter provisional o temporal, ni efectuar acto alguno que pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento, vigilancia, conservación, reparación y sustituciones necesarias en su caso, de la canalización y sus instalaciones auxiliares, a la distancia de 2 metros, medidos a cada lado del eje de la red de gas.

· El recubrimiento de la red de gas (profundidad de enterramiento) será siempre, a obra terminada, de 0.8 m como mínimo medidos desde generatriz superior de la tubería.

· Las tapas y marcos de arquetas que queden en zona ajardinada/terrarios sobresaldrán 5 cm por encima del terreno, suavizando los bordes con hormigón, con el fin de que el agua de riego penetre lo menos posible en el interior.

· Las tapas y marcos de arquetas que queden en zona pavimentada quedarán enrasadas con el pavimento.

· Los elementos exteriores de la instalación, como hitos y respiraderos, incluso banda de señalización y losa de protección de hormigón, que resulten afectados por las obras, serán reinstalados en aquellos puntos que indique el representante de D.C. GAS EXTREMADURA S.A. La banda de señalización se colocará a 20 cm por encima de la tubería de gas.

· Si la conducción de gas o el bitubo para el cable del telemando, en su caso, hubieran de descubrirse, se asegurarán las paredes de la zanja mediante entibación y se tomarán las medidas oportunas (entibado, apeo, etc.), que garanticen su indeformabilidad y defensa contra los golpes o cualquier otro tipo de acciones.

· Todos los trabajos a realizar en la zona de actuación, referidos a la canalización de gas, se realizarán en presencia del personal de D.C. GAS EXTREMADURA S.L. asignado a la vigilancia de la obra. Con suficiente antelación, deberán ponerse en contacto con Dña. Teresa Cabrera Fernández con nº de teléfono 639 72 41 87.

1.8. Se tendrán en cuenta las medidas de seguridad a tomar en caso de incidencia en redes de gas canalizado e instalaciones auxiliares.

1.9. En las afecciones y reposiciones de la red propiedad de D.C. Gas Extremadura, S.A, se indicará que se seguirán los procedimientos "Condiciones generales en afecciones de terceros en redes de distribución de gas canalizado propiedad de D.C. Gas Extremadura, S.A" y "Medidas de seguridad a tomar en caso de incidencia en redes de gas canalizado e instalaciones auxiliares".

1.10. Durante la redacción del Proyecto de Construcción y la ejecución de la obra, se coordinarán los trabajos de instalación de conducciones de la red de gas por parte de la empresa suministradora, la cual, deberá solicitar previamente autorización de las actuaciones tanto a la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, como al Ayuntamiento de Plasencia.

1.11. En el Proyecto de Construcción se estudiarán las posibles afecciones a tuberías secundarias de ramales y acometidas a inmuebles, imbornales y otros puntos de servicio, tanto de redes de abastecimiento como de saneamiento. Asimismo, se comprobará que las actuaciones a realizar sobre conducciones principales de las redes de saneamiento y abastecimiento no alcancen profundidades de 0,60 m.

1.12. En todo caso, se contactará nuevamente con los organismos afectados y empresas titulares de servicios públicos, a fin de confirmar las afecciones a infraestructuras e instalaciones y proyectar, en su caso, todas las reposiciones necesarias, incorporando su adecuada valoración económica del proyecto.

2. ORDENAR que se redacte un proyecto de construcción de forma que se cumplimenten las prescripciones expuestas anteriormente.

3. ORDENAR que la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. ORDENAR que la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la persona titular del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Lo que se comunica para su general conocimiento.

Badajoz, 12 de julio de 2024.- Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, Antonio J. Ruiz-Roso Gómez.

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