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Documento BOE-B-2024-27589

Anuncio del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Palencia, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública, del parque solar fotovoltaico "Cuesta Mañera", de 52,5 MW de potencia instalada y 56,998 MW de potencia pico, para su hibridación con el parque eólico existente "Cuesta Mañera", de 49,5 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Palencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 29 de julio de 2024, páginas 42282 a 42285 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-B-2024-27589

TEXTO

A los efectos de lo establecido en los artículos 53 y 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en los artículos 124, 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en el artículo 7 del Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, se somete al trámite de información pública la solicitud cuyas características se indican a continuación:

- Expediente número: PEol-FV-098

- Órgano competente, a los efectos de autorizar el proyecto: Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

- Órgano tramitador, a los efectos del trámite de información pública, consultas y notificaciones: Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Palencia, Avenida Casado del Alisal, 4, 34001 Palencia.

- Peticionarios: Naturgy Vento, S.A, con CIF A-82087149, y domicilio a efectos de notificaciones en Madrid, Avda. América, 38, Planta 5, 28028 Madrid.

- Objeto de la solicitud: autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública del proyecto.

- Finalidad del proyecto: producción de energía eléctrica mediante una instalación solar fotovoltaica para su hibridación con el parque eólico existente "Cuesta Mañera", con el que comparte punto de acceso a la red, y para una parte de su infraestructura de evacuación.

- Términos municipales: Pedraza de Campos y Ampudia en la provincia de Palencia.

- Presupuesto de ejecución material: 23.759.878,15 euros

Mediante Resolución de fecha 18 de mayo de 2023, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "parque solar fotovoltaico "Cuesta Mañera", de 52,5 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente Cuesta Mañera, de 49,5 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Palencia, en el sentido de que el citado expediente puede continuar con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización en virtud del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, al no apreciarse efectos adversos significativos sobre el medio ambiente que requieran su sometimiento a procedimiento de evaluación ambiental, siempre que se cumplan las medidas previstas en el estudio de impacto ambiental y las recogidas en dicha resolución.

Características generales de las instalaciones:

- Planta Solar Fotovoltaica "Cuesta Mañera": potencia instalada de 52,5 MW y potencia pico de 56,998 MWp. Compuesta por 87.690 módulos fotovoltaicos monocristalino PERC, con una potencia unitaria de 650 Wp. Consta de 12 inversores de 4.200 kVA de potencia unitaria y un inversor de 2.100 kVA y transformadores de 8.400, 4.200 ó 2.100 kVA. Términos municipales de Pedraza de Campos y Ampudia, provincia Palencia.

- Líneas subterráneas a 20 kV: unen los centros de transformación de la planta y conecta la planta con la subestación "AMPUDIA 20/220 KV" mediante canalización subterránea. La zanja de evacuación en su recorrido hacia la subestación AMPUDIA 20/220 será compartida con la PSFV "La Muñeca" (PEol-FV-096), objeto de otro proyecto. Es de señalar que, las cuatro (4) primeras parcelas que se indican en el presente anuncio de necesaria expropiación y su área de afección, son comunes en ambos proyectos. Términos municipales de Pedraza de Campos y Ampudia, provincia de Palencia.

- Ampliación de la "SET Ampudia 20/220 KV": eleva la energía generada a la tensión de 220 kV y conecta con la línea de evacuación aérea de alta tensión de 220 kV que conecta con la subestación Canto Blanco 220/400 kV, que a su vez conecta con la subestación Grijota 400 kV, perteneciente a Red Eléctrica de España. Término municipal de Ampudia (Palencia). La ampliación consistirá en la instalación de un número de celdas de media tensión en el edificio existente de la actual subestación:

· Tres (3) celdas, denominadas "Celdas de Cabecera", destinadas a poder aplicar el sistema de hibridación y albergar los sistemas individuales de medición tanto del parque eólico como del parque fotovoltaico.

· Cinco (5) celdas destinadas a la recepción de las líneas de media tensión (20 kV) procedentes de la futura planta solar fotovoltaica hibridada y la conexión con las nuevas celdas de cabecera que permiten la hibridación con el Parque Eólico.

El módulo de generación fotovoltaica de la Planta Híbrida Fotovoltaica "Cuesta Mañera" dispone de acceso y conexión a red mediante el concedido al módulo de generación eólica, en operación, Parque Eólico "Cuesta Mañera".

El módulo de generación eólico de la Planta Híbrida Fotovoltaica "Cuesta Mañera" se encuentra ubicado en el término municipal de Ampudia (Palencia). Está constituido por 33 aerogeneradores de 1.5 MW de potencia unitaria, modelo AW 77/1500, obteniendo una potencia instalada de 49,5 MW. El parque eólico "Cuesta Mañera" se encuentra actualmente en funcionamiento y cuenta con Acta de puesta en servicio de fecha 03 de abril de 2008.

El proyecto podrá ser examinado en la Subdelegación del Gobierno en Palencia, sita en la avenida Casado del Alisal, 4, 34001 Palencia, así como en la web de la Delegación del Gobierno en Castilla y León, apartado «Proyectos, Campañas e Información», a los efectos de que puedan formularse ante dicho órgano las alegaciones y observaciones que se consideren oportunas, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, bien presencialmente en cualquier oficina de registro de la Administración, o bien en el registro electrónico general de la Administración General del Estado, disponible en el enlace https://rec.redsara.es, de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Enlace para acceso a la documentación: http://run.gob.es/tramitacion

La consulta presencial requerirá solicitar cita previa llamando al teléfono 979 999 000, en horario de 9h a 14h, o enviando un correo electrónico a industria.palencia@correo.gob.es.

A continuación se inserta la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos afectados, que el peticionario considera de necesaria expropiación, ya sea ésta del pleno dominio de terrenos y/o de servidumbre de paso de energía eléctrica y servicios complementarios en su caso, tales como caminos de acceso u otras instalaciones auxiliares.

REF. CATASTRAL

TERMINO MUNICIPAL

POLÍGONO

PAR-CELA

TITULAR

LONGI-TUD ZANJA (m)

SERVIDUMBRE PERMANENTE DE PASO (m²)

OTRAS SERVIDUMBRES DE SEGURIDAD (m²)

OCUPACIÓN TEMPORAL

NATURALEZA DE LOS TERRENOS

2

34010A31000019

Ampudia

310

19

Ayuntamiento de

Ampudia

229,05

572,63

1153,47

353,43

Labradío secano

7

34010A31300019

Ampudia

313

19

Herederos de Adelina Polanco Marín: Ana Isabel García Polanco, Emma García Polanco

111,07

277,68

467,79

-

Labradío secano

24

34010A31400017

Ampudia

314

17

Ayuntamiento de Ampudia

616,78

1541,95

_

306,37

Labradío secano

26

34010A31400026

Ampudia

314

26

Antonio León Melgar, Herederos de Isabel Navarro Rodríguez: Isabel León Navarro

105,86

264,65

521,74

150,09

Labradío secano

42

34125A00700025

Pedraza

de

Campos

7

25

María Jesús Melero Caballo, Elena Frontera Melero,

José Antonio Frontera Melero, Raquel Frontera Melero

Arrendatario: Elecdey Palencia S.L.

_

318,4

_

_

Labradío secano

43

34125A00700026

Pedraza de Campos

7

26

María Jesús Melero Caballo, Elena Frontera Melero,

José Antonio Frontera Melero, Raquel Frontera Melero

Arrendatario: Elecdey Palencia S.L.

_

216,21

_

_

Labradío secano

A los bienes o derechos de uso público incluidos en la relación se les aplicará lo dispuesto en el artículo 149.2 del Real Decreto 1955/2000: la declaración de utilidad pública llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica, sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

- Superficie de pleno dominio: Se refleja la superficie, en metros cuadrados, de la finca que se expropia en pleno dominio, superficie ocupada por los apoyos y sus cables de puesta a tierra, superficie ocupada por centros de seccionamiento, superficie ocupada por centros de transformación y subestaciones, superficie para caminos de acceso que quedan a disposición y uso permanente de la instalación.

- Superficie servidumbre permanente de paso: Se considera la superficie, en metros cuadrados, ocupada por la proyección de la línea o de las palas de los aerogeneradores sobre el terreno en las condiciones más desfavorables de viento. En las líneas aéreas se obtiene calculando el área obtenida por la proyección sobre el terreno de los conductores exteriores, en las condiciones más desfavorables en que los conductores estén desplazados hacia el exterior de la línea por un viento de 120 km/h, para cada finca afectada. En las líneas subterráneas se obtiene de multiplicar el ancho de la zanja necesaria para establecer la línea por la longitud de tendido subterráneo que afecta a la finca. Por esta superficie pasa la línea permanentemente y el titular de la instalación tiene servidumbre de paso, como predio dominante, para vigilarla, conservarla y repararla. El uso de esta servidumbre lleva implícita la indemnización de los daños que se produzcan al dueño del predio sirviente, cada vez que se haga uso de la misma.

- Otras servidumbres de seguridad, con limitaciones a la propiedad, expresada en metros cuadrados: Según art.160 y con las limitaciones y compatibilidades que establecen los art.161 y 162 del RD1955/2000. En todo caso, y para las líneas eléctricas aéreas, queda limitada la plantación de árboles y prohibida la construcción de edificios e instalaciones industriales en la franja definida por la proyección sobre el terreno de los conductores extremos en las condiciones más desfavorables, incrementada con las distancias reglamentarias a ambos lados de dicha proyección. Para las líneas subterráneas se prohíbe la plantación y construcciones mencionadas en el párrafo anterior, en la franja definida por la zanja donde van alojados los conductores incrementada en las distancias mínimas de seguridad reglamentarias, a cada lado en una distancia mínima de seguridad igual a la mitad de la anchura de la canalización (Aptdo.5.1 de la ITC-LAT-06 del RAT).

- Superficie Ocupación temporal: Se considera la superficie necesaria para construir las líneas y mantener en el futuro las líneas, los centros de seccionamiento, los centros de transformación o las subestaciones, que no esté incluida en la superficie considerada en la servidumbre permanente de paso. Son los caminos para la maquinaria, cuando no se pueda ir por la traza de la línea, por los caminos realizados mediante expropiación en pleno dominio. Estas superficies, tras realizar la instalación, se van a dejar como estaban antes de iniciar los trabajos.

Palencia, 15 de julio de 2024.- El Director del Área Funcional de Industria y Energía, Alfredo Catalina Gallego.

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