Está Vd. en

Documento BOE-B-2024-28026

Anuncio de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, por el que se da a conocer el operador designado para la terminación de las llamadas dirigidas al servicio de atención telefónica "Línea de atención del ingreso mínimo vital".

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 1 de agosto de 2024, páginas 43093 a 43094 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-B-2024-28026

TEXTO

La Resolución de 24 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, atribuyó el número corto 020 del Plan nacional de numeración telefónica al servicio de atención telefónica "Línea de atención del ingreso mínimo vital", siendo la Gerencia de Informática de la Seguridad Social la entidad prestataria de este servicio de atención telefónica gratuito y accesible desde todo el territorio nacional dirigido a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social.

El apartado Sexto de la citada Resolución, de 24 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, determina que la entidad prestataria dará a conocer, mediante anuncio publicado en el "Boletín Oficial del Estado", el nombre del operador del servicio telefónico disponible al público designado para la terminación de tales llamadas, la fecha de inicio del servicio y la ubicación geográfica del centro o centros de atención de llamadas. Asimismo, dará a conocer cualquier cambio que se produzca en la información anterior.

La citada Resolución, de 24 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, establece, además, que el operador designado proporcionará a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, con antelación a la fecha de inicio del servicio, una memoria técnica descriptiva de las funcionalidades del servicio de terminación a prestar y los recursos técnicos empleados. Igualmente, transcurridos tres meses desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la presente resolución, las llamadas al 020 se cursarán por todos los operadores que presten el servicio telefónico disponible al público en las condiciones establecidas en la citada Resolución, de 24 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales y entregarán las llamadas telefónicas al número 020 al operador designado para su terminación, en los puntos de interconexión determinados por éste.

En su virtud, anuncio:

Primero. El operador designado para la terminación de las llamadas al servicio de atención telefónica "Línea de atención del ingreso mínimo vital", prestado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, es Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal.

Segundo. El centro o centros de atención de llamadas estarán ubicados geográficamente en la Comunidad Autónoma de Madrid.

Tercero. El servicio de atención telefónica "Línea de atención del ingreso mínimo vital" proporcionado a través del número 020 se iniciará transcurridos tres meses desde la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", de forma que el inicio del servicio coincidirá con la fecha en que todos los operadores de telefonía tendrán obligación de encaminar las llamadas al operador designado, según se indica en la resolución de 24 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.

Madrid, 24 de julio de 2024.- El Secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez Corujo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid