El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en sesión celebrada el 29 de julio de 2024, acordó otorgar a la entidad SANTA CRUZ TERMINAL S.L., con CIF número B-76762442 y domicilio en Santa Cruz de Tenerife, Muelle de Ribera, 2ª Alineación, Dársena de Anaga., C.P. 38001-Santa Cruz de Tenerife, licencia con carácter específico para la prestación del servicio portuario al pasaje para tráfico de cruceros en el puerto de Santa Cruz de Tenerife, por un plazo de seis (6) años contado a partir del 26 de diciembre de 2024 y de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2017/352, por el que se crea un marco para la prestación de servicios portuarios y se adoptan normas comunes sobre la transparencia financiera de los puertos (excepto lo dispuesto en el Capítulo II), en el TRLPEMM y en el Pliego de Prescripciones Particulares de dicho servicio (siempre y cuando no contradiga a lo establecido en el mencionado Reglamento), en la documentación presentada junto a la solicitud formulada y bajo las condiciones establecidas en el propio acuerdo de otorgamiento.
Lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se hace público para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, 29 de julio de 2024.- El Presidente, Pedro Suárez López de Vergara.
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