Examinado el expediente incoado a instancia de Trasfremar, S.L. (B49126295) solicitando la modificación de características de concesión de un aprovechamiento de aguas superficiales, en el término municipal de Camarzana de Tera (Zamora), por un volumen máximo anual de 457.237,83 m³, un caudal máximo instantáneo de 106,08 l/s, y un caudal medio equivalente de 29,40 l/s, con destino a riego, la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, en virtud de la competencia otorgada por el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y de acuerdo con el vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, con fecha 7 de agosto de 2024, lo siguiente:
Autorizar la modificación de características de concesión de aguas superficiales, de acuerdo con las características y condiciones que figuran en la resolución del expediente referenciado, y cuyas características del derecho son:
Titular: Trasfremar, S.L. (B49126295)
Tipo de uso: Riego (84,7993 ha de cultivos herbáceos)
Uso consuntivo: Sí
Volumen máximo anual (m³): 457.237,83
Volumen máximo mensual (m³): 151.225,06
Caudal máximo instantáneo (l/s): 106,08
Caudal medio equivalente (l/s): 29,40
Procedencia de las aguas: Río Tera (masa de agua superficial 30400050 - Río Tera (Zamora) 5)
Plazo por el que se otorga: 51 años desde el día siguiente al de la notificación de la Resolución de Modificación de Características de Concesión Administrativa.
Observación: El titular de la concesión procederá, en el plazo de dos (2) meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, a sellar debida y completamente los pozos sitos en las parcelas 14, 55, 22 y 58 del polígono 31 y en la parcela 67 del polígono 32, todas ellas del término municipal de Camarzana de Tera (Zamora), con material inerte, de tal forma que no quede alterado el flujo subterráneo en el entorno del mismo y se procederá a la retirada de todos los materiales eléctricos y mecánicos para su reciclado, utilización o traslado a un vertedero autorizado. Las obras de sellado deberán realizarse con el fin de preservar la seguridad, evitar la entrada de contaminantes a las aguas subterráneas y la posible detracción de aguas con posterioridad al sellado de la captación, siguiendo los criterios establecidos el anexo III, parte B del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y se garantizará que la consolidación de los materiales de relleno no origine depresiones significativas en el terreno, según establece el artículo 188 bis del citado Reglamento.
Título que ampara el derecho: La Resolución de Concesión Administrativa de Concesión, CP-23230-ZA, de fecha 28 de noviembre de 2023. Confederación Hidrográfica del Duero; La presente Resolución de Modificación de Características de Concesión.
El contenido íntegro de la resolución de modificación de características de concesión puede conocerse accediendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivado en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Web www.chduero.es (Inicio\Servicio al Ciudadano\Información al público\Resoluciones de Concesión).
Valladolid, 8 de agosto de 2024.- El Jefe de Servicio de Aguas Subterraneas, Jose Ignacio Santillán Ibáñez.
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