"En el punto tercero del orden del día de la Comisión Permanente de la Sequía celebrada el 13 de agosto de 2024, el Comisarió de aguas informó de la evolución de las aportaciones y desembalse, junto con el cumplimiento de las restricciones propuestas por unanimidad por la Comisión de Desembalse del 21 de junio de 2024, y la resolución de la Presidencia del organismo sobre las restricciones (BOE nº 172, de 17 de Julio de 2024).
En la citada Comisión de Desembalse, teniendo en cuenta las existencias propias del sistema Cuenca a fecha 1 de junio de 2024, la Comisión de Desembalse propuso por unanimidad a la Presidencia de la Confederación mantener la reducción global del 25% aproximadamente de los derechos, lo que representa un volumen objetivo de desembalse para el final del año hidrológico 2023/2024 de 349 hm³, y concretándose en los siguientes puntos:
§ Primero: mantener para el período junio-septiembre de 2024 una reducción del 30% de los derechos concesionales a todos los aprovechamientos de aguas del sistema de los ríos Segura, Mundo y Quípar que no tengan la consideración de regadíos tradicionales anteriores al año 1933 (aprovechamientos "no tradicionales").
§ Segundo: mantener para el período junio-septiembre de 2024 una reducción del 20% de los derechos concesionales a todos los aprovechamientos de aguas del sistema de los ríos Segura, Mundo y Quípar que tengan la consideración de regadíos tradicionales anteriores al año 1933 (aprovechamientos "tradicionales").
§ Tercero: la evolución de aportaciones y desembalses, junto con el cumplimiento de las restricciones previstas, se realizará quincenalmente con objeto de garantizar unas existencias de 60 hm3 a final de año hidrológico. En caso de desviaciones respecto a la curva de desembalse prevista, o respecto de las aportaciones previstas, que supongan un riesgo de incumplimiento del objetivo de existencias a final de año hidrológico, será necesario implementar mayores restricciones.
Actualmente, las restricciones adoptadas se corresponden con la 3ª fase de la tabla con las reglas de gestión que se recoge en la tabla Nº8 del Anejo 6 del vigente Plan Hidrológico, ya que en la Comisión de desembalse de 16 de noviembre de 2023 se estableció un recorte objetivo de 67 hm3 para el año hidrológico.
Un incremento de restricciones supondría que fuera de aplicación la 4ª fase de la citada tabla, que supondría unas restricciones del 35% para el regadío tradicional y del 49% para las ampliaciones, equivalente a una reducción global del 40% aproximadamente de los derechos."
En la Comisión Permanente de la Sequía celebrada el 13 de agosto, el Comisario de Aguas informa que a fecha 1 de agosto de 2024, las restricciones se están cumpliendo en gran medida, aunque en cuantía insuficiente, y las aportaciones están dentro del rango previsto, y por lo tanto, es necesario pasar a la cuarta fase de las reglas de gestión que se recoge en la tabla Nº8 del Anejo 6 del vigente Plan Hidrológico, para garantizar unas existencias al final del año hidrológico de 60 Hm3, lo que supone una reducción global equivalente al 40% de los derechos, concretándose en:
Primero: Para los meses de agosto y septiembre de 2024 una reducción del 49% de los derechos concesionales a todos los aprovechamientos de aguas del sistema de los ríos Segura, Mundo y Quípar que no tengan la consideración de regadíos tradicionales anteriores al año 1933 (aprovechamientos "no tradicionales").
Segundo: Para los meses de agosto y septiembre de 2024 una reducción del 35% de los derechos concesionales a todos los aprovechamientos de aguas del sistema de los ríos Segura, Mundo y Quípar que tengan la consideración de regadíos tradicionales anteriores al año 1933 (aprovechamientos "tradicionales").
Las nuevas restricciones se aplicarían en primer lugar a aquellas tomas que hayan mostrado incumplimientos del caudal instantáneo derivado en toma, hasta la nueva evaluación quincenal del estado de la cuenca.
Estas restricciones serán revisadas, en su caso, en función de la situación hidrológica de la cuenca.
Teniendo en cuenta la propuesta adoptada por unanimidad de la Comisión de Desembalse celebrada el 21 de junio de 2024 de los puntos tercero y cuarto del orden del día, y lo debatido en la Comisión Permanente de la Sequía del 13 de agosto, y a tenor de lo dispuesto en el art.º 45 del RD 927/1988 por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la planificación hidrológica, en desarrollo de los títulos II y III de la Ley de Aguas, esta Presidencia resuelve de acuerdo con la propuesta."
El Presidente. Mario Andrés Urrea Mallebrera"
Murcia, 14 de agosto de 2024.- La Secretaría General, Mónica Gonzalo Martinez.
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