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Documento BOE-B-2024-30031

Extracto de la Orden de 8 de agosto de 2024 por la que se convocan las ayudas para los Planes de Producción y Comercialización para el año 2024, con posibilidad de anticipos a los mismos, de las organizaciones de productores pesqueros y sus asociaciones de ámbito nacional y transnacional

Publicado en:
«BOE» núm. 205, de 24 de agosto de 2024, páginas 46586 a 46587 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2024-30031

TEXTO

BDNS(Identif.):780933

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/780933)

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas indicadas en el artículo 1 de la presente convocatoria las Organizaciones de Productores Pesqueros (OPP) y Asociaciones de Organizaciones de Productores Pesqueros (AOP) de ámbito nacional y transnacional que se encuentren dadas de alta en el Registro establecido en el artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, tanto si solicitan un anticipo como si no.

Segundo. Objeto

Se convoca en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas para la preparación y la aplicación de los planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores pesqueros del año 2024 y sus asociaciones de ámbito nacional y transnacional.

Tercero. Bases reguladoras

Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo ,de Pesca y Acuicultura, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura.

Cuarto. Cuantía

La financiación de la ayuda a los planes de producción y comercialización, se efectuará con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de la aplicación 21.11.415B.772, "Ayudas al desarrollo de la nueva OCM para la comercialización de los productos pesqueros" de los Presupuestos Generales del estado para 2024 y 2025. La cuantía máxima total de la ayuda para esta convocatoria se establece en 17.155.000 €€.

Quinto. Plazo de presentación y solicitudes

La presentación de las solicitudes de anticipo, que será potestativa, se realizará mediante la cumplimentación del anexo A de la presente convocatoria. El plazo de presentación será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria de anticipos.

La presentación de las solicitudes de las ayudas a los planes de producción y comercialización para 2024, se llevará a cabo en un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día de la apertura del plazo, que en este caso será el 19 de mayo de 2025, mediante la presentación del anexo B.

El artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre establece la obligación de las personas jurídicas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. Las OPP y AOP como personas jurídicas deberán presentar las solicitudes a través del registro electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en los modelos que estarán accesibles en la sede electrónica: https://sede.mapama.gob.es/portal/site/se), o en cualquiera de los lugares previstos según el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto. Criterio de adjudicación

La distribución de los fondos disponibles se llevará a cabo de conformidad con los criterios de selección establecidos en el artículo 5 de la convocatoria.

Madrid, 8 de agosto de 2024.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación. Luis Planas Puchades.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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