El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasaia, en su sesión ordinaria de 27 de junio de 2024, en ejercicio de la competencia otorgada por el artículo 30.5.n) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (TRLPEMM) ha otorgado al Ayuntamiento de Pasaia una concesión cuyas características principales son las siguientes:
Objeto de la concesión: ocupación privativa del pantalán de la plaza Santiago de Donibane con destino a amarre de cortesía.
Ámbito espacial de la concesión: ocupación del pantalán de 1.203 m2.
Plazo: La concesión se otorga por un plazo de diez años. El cómputo de este plazo se iniciará el día siguiente al de la fecha de notificación al concesionario de la resolución de otorgamiento de la concesión.
Tasas:
a) Por ocupación de la lámina de agua.
En aplicación del artículo 181.c del TRLPEMM, la cuota de la tasa de ocupación tendrá una bonificación del 50% y un gravamen de 7,5%.
Zona |
Precio (m2/año) |
Ocupación m2 |
Base Imponible |
Tipo Gravamen |
Cuota/año |
50% Bonificación |
Lámina de Agua |
34,27 |
1.203m2 |
41.226,81 Euro |
7,5% |
3.092,01 Euro |
1.546,00 Euro |
b) Tasa de actividad
Dado que la puesta a disposición de un atraque de cortesía no genera ingreso alguno, no se produce el hecho imponible de la tasa de actividad según la definición contenida en el artículo 183 del TRLPEMM.
Total Tasas:
Tasa de ocupación privativa lámina de agua: 1.546 euros/año
Pasaia, 21 de agosto de 2024.- El Presidente, Joakín Tellería Aguirrezabala.
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