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BDNS(Identif.):784532
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/784532)
Primero. Beneficiarios.
Titulados universitarios españoles o de nacionalidad de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, siempre que posean perfecto dominio, hablado y escrito, del español y reúnan el resto de requisitos marcados en la convocatoria.
Segundo. Finalidad.
Contribuir a la formación de especialistas en gestión cultural, biblioteconomía y documentación, archivos, conservación y restauración de bienes culturales, museología y en materias artísticas, mediante la realización de un programa de actividades teórico-prácticas en instituciones culturales dependientes del Ministerio de Cultura.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CUL/3810/2004, de 15 de noviembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 280, de 20 de noviembre de 2004.
Cuarto. Cuantía.
El importe máximo imputable a esta convocatoria es de 910.000,00 euros, convocándose un total de 84 becas. La presente convocatoria se financia con cargo a la aplicación presupuestaria 24.04.334A.489.12 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura para 2025 y 2026.
La dotación de las becas que se desarrollan en el Colegio de España en París es de 2.200 euros brutos al mes, el resto de las becas tienen una dotación de 1.100 euros brutos al mes.
En los términos previstos en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, se prevé la posibilidad de fijar una cuantía adicional, por un importe máximo de 590.000 euros, cuya aplicación a la concesión de esta beca no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de la cuantía adicional quedará condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito en el mismo concepto presupuestario y, en su caso, a la aprobación previa de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura, para lo que será necesario estar en posesión del oportuno certificado electrónico de persona física.
Madrid, 13 de agosto de 2024.- Carmen Páez Soria. Subsecretaria de Cultura.
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