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BDNS(Identif.):784756
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/784756)
Primero. Beneficiarios.
Para el otorgamiento de estas ayudas se tendrán en cuenta los siguientes requisitos y prioridades, debiendo los interesados hallarse, además, en situación de servicio activo y destinados en la estructura orgánica del Ejército de Tierra.
Primera: Oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra que no estén en posesión de cursos recogidos según el Real Decreto 339/2015 de 30 de abril por el que se ordenan las enseñanzas de perfeccionamiento y de Altos Estudios de la Defensa Nacional, así como aquellos Oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra que cuenten con acreditación para el desempeño de funciones de Nivel Superior en alguna de las disciplinas preventivas de las contempladas en el artículo 34.c del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención y estén destinados en vacantes en las que se exija titulación de Técnico Superior en prevención de riesgos laborales.
Segunda: Oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra, que estando en posesión de un curso superior, precisen realizar funciones de asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales en su destino.
Tercera: Oficiales del Cuerpo Jurídico Militar integrados en la estructura orgánica del Ejército de Tierra que, por razón de su destino, desarrollen tareas facultativas directamente relacionadas con la prevención de riesgos laborales.
Cuarta: Oficiales incluidos en las anteriores prioridades que tengan previsto su pase a la reserva antes de tres años desde la publicación de la correspondiente convocatoria.
Quedan excluidos de esta ayuda económica quienes tengan derecho a matrícula gratuita y no abonen ningún tipo de tasa.
Las ayudas no podrán ser solicitadas por el personal que tenga previsto un cambio de situación administrativa o una misión en el extranjero durante la realización del Máster.
Segundo.Objeto.
Conceder ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, cuya finalidad es sufragar los costes de las primeras matrículas (tasas, derechos de examen, etc.) y tasas de expedición del título universitario, correspondientes a la realización del Máster Universitario Oficial en Prevención de Riesgos Laborales. La concesión de la ayuda consistirá en el abono del importe de las matrículas en un solo pago y en el abono del importe de la tasa de expedición del título universitario correspondiente una vez obtenido éste, no incluyendo en ningún caso el coste del material didáctico.
Tercero. Bases reguladoras.
Aprobadas por Orden DEF/1431/2023 de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales, para el personal del Ejército de Tierra o integrado en su estructura, publicada en el BOD nº 2 de 03 de enero de 2024.
Cuarto. Cuantía.
La dotación económica es de 35.000 euros, con un máximo de 4.000 euros por persona.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Sexto. Otros datos.
La realización del Máster será sin perjuicio del servicio, aunque se autorizará a los designados para ausentarse del destino con motivo de la realización de los exámenes y su asistencia se considerará acto de servicio. El tiempo dedicado de forma presencial u online a la ejecución de las prácticas obligatorias del Máster, tendrá también la consideración de acto de servicio, sin derecho a indemnización.
Incompatible con cualquier otra subvención, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.
La resolución de la convocatoria de las ayudas se encuentra, además de en la BDNS https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index, y en la Web del MADOC https://ejercito.defensa.gob.es/unidades/Granada/madoc/Becas_y_ayudas/index.html.
Las solicitudes se formalizarán por los interesados de acuerdo al modelo del ANEXO I de la convocatoria. Esa presentación se hará de forma directa por el interesado, quien será responsable de que se haga dentro de los plazos establecidos para ello en la convocatoria.
Los interesados presentarán su solicitud, con la documentación anexa, mediante SIMENDEF dirigido al SECRETARIO GENERAL DEL MADOC especificando en el Asunto MASTER PRL.
Granada, 10 de septiembre de 2024.- Por delegación de la Ministra de Defensa, según Orden DEF/1431/2023 (BOD Nº 2, de 3 de enero de 2024), El General Jefe del Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra, José Manuel de la Esperanza y Martin-Pinillos.
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