En virtud de lo dispuesto en el artículo 51.2 de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, de patrimonio de las Administraciones Públicas, el Excelentísimo Señor Director General de Infraestructura, por Delegación de la Excelentísima Señora Ministra de Defensa, ha acordado la incoación de un expediente de deslinde administrativo, con aprobación de su memoria justificativa y gastos provisionales del deslinde, que instruirá el Teniente Coronel D. Pedro Cabrera Lozano, Jefe de la USAC LOS RODEOS, relativo al siguiente bien inmueble:
"ACUARTELAMIENTO LOS RODEOS D38230035 – ZONA AERONÁUTICA, en el término municipal de San Cristóbal de La Laguna (Isla de Tenerife), con referencias catastrales 38023A04200186000OFM y 38023A042001860001GQ.
Conforme a la Memoria Justificativa de la conveniencia de deslinde, la finca concreta a las que podría afectar el citado procedimiento de deslinde son:
Finca registral 38011001086637 de San Cristóbal de la Laguna (Tenerife), cuya titularidad corresponde a AENA.
Se ha considerado, en función de su probable colindancia a las fincas objeto de deslinde administrativo, que así mismo, pudieran verse afectadas las que se relacionan seguidamente, con asignación de su titularidad:
Parcela catastral con referencia catastral 8417701CS6582S0001LH de San Cristóbal de La Laguna, cuya titularidad corresponde a AENA.
Parcela catastral con referencia catastral 38023A042000790000FY del polígono 42 parcela 79 de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) cuya titularidad corresponde Dª Concepción Reyes González.
Parcela catastral con referencia catastral 38023A042000810000FB del polígono 42 parcela 81 de San Cristóbal de la Laguna (Tenerife), cuya titularidad corresponde a Dª Rosalía González Ramos.
Parcela catastral con referencia catastral 38023A042000800000FA del polígono 42 parcela 80 de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife), cuya titularidad corresponde D. José Ramos González.
Parcela catastral con referencia catastral 38023A042090070000FY del polígono 42 parcela 9007 de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife), cuya titularidad corresponde al Ayuntamiento de San Cristóbal de la Laguna.
Parcela catastral con referencia catastral 38023A042090080000FG del polígono 42 parcela 9008 de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife), cuya titularidad corresponde al Ayuntamiento de La Laguna.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 52-b de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, de patrimonio de las Administraciones Públicas, se notificó la incoación de expediente de deslinde administrativo al Registro de la propiedad Nº 2 de San Cristóbal de La Laguna, al objeto de que tome razón del mismo mediante nota marginal en las FC 38023A04200186000OFM y 38023ª042001860001GQ.
Se notifica la Incoación del Expediente de deslinde administrativo de las FC 38023A04200186000OFM y 38023A042001860001GQ de San Cristóbal de La Laguna, a AENA como titular de la propiedad, así como al Cabildo de Tenerife y al propio Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna.
Conforme a lo establecido en los artículos 50 y siguientes de La ley 33/2003 de 3 de noviembre, del patrimonio de las Administraciones Públicas, así como el artículo 61 y siguientes del Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la mencionada Ley, referentes al ejercicio de la potestad de deslinde y procedimiento a seguir, para deslindar los bienes demaniales de la Administración General del Estado, se procede a poner de manifiesto lo siguiente:
Primero: El acto de apeo, previsto en el artículo 65 del Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las Administraciones Públicas, tendrá lugar el día veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro, fecha en la que habrán transcurrido al menos dos (2) meses, desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, tal como dispone el párrafo segundo del artículo 64 del referido Real Decreto 1371/2009, citándose a los interesados y peritos designados por estos, en su caso, en el sitio de la finca objeto de deslinde administrativo, a las 10:00 horas, sito en el interior de la zona aeronáutica del acuartelamiento Los Rodeos en la calle del Matadero s/n en San Cristóbal de La Laguna).
Segundo: Los interesados podrán presentar ante el Instructor del expediente o ante la Subdelegación de Defensa de S/C de Tenerife – Área de patrimonio, con domicilio en Camino del matadero S/N 38315 y Avda. de 25 de Julio nº 3 (CP 38004), Santa Cruz de Tenerife respectivamente; las alegaciones y cuantos documentos estimen necesarios, relativos a las parcelas de su propiedad que consideren pudieran ser colindantes o afectadas por el procedimiento de deslinde administrativo objeto del presente anuncio, disponiendo para ello del plazo que va desde la publicación del presente Anuncio, hasta 20 días hábiles anteriores al día de la fecha prevista para el comienzo del acto de apeo. Se significa que transcurrido dicho plazo no se admitirá documentación ni alegación alguna.
Asimismo, a los efectos previstos en el artículo 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se pone en conocimiento de los posibles interesados desconocidos o de domicilio desconocido, y de aquellos otros a los que no pueda notificarse personalmente, la iniciación del procedimiento, la fecha del acto de apeo y los demás plazos para la presentación de alegaciones y documentos.
Tercero: El presente anuncio, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 52.c) de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de patrimonio de las Administraciones Públicas, se comunicará al Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, en cuyo término municipal radican las fincas catastrales a deslindar, para su publicación en el tablón de edictos.
Madrid, 6 de septiembre de 2024.- El Director General de Infraestructura, Luis Cebrián Carbonell.
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