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Documento BOE-B-2024-33803

Anuncio de información pública del Servicio de Régimen de Usuarios de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. sobre la tramitación de un procedimiento de extinción del derecho a un aprovechamiento de aguas subterráneas en el municipio de León( León). Expediente ED-0029/2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 24 de septiembre de 2024, páginas 52413 a 52414 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2024-33803

TEXTO

Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Duero O.A ha iniciado, expediente de extinción del siguiente aprovechamiento de aguas:

1- En el Registro de Aguas Sección A, de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas subterráneas con destino a usos agropecuarios-regadío y abastecimiento fuera de núcleos urbanos -consumo humano-, en término municipal de León (León) con las siguientes características:

Identificación De La Inscripción

Número de inscripción: 10866

Clave de Expediente: C-0148/1988

Características Generales

Titular del derecho/NIF:

Promotora Andrés Martínez, S.A. (PAMSA) NIF: A24017071

Título que ampara el derecho, fecha y autoridad:

Resolución de Concesión 08/03/1991 Confederación Hidrográfica del Duero

Volumen Máx. Anual (m3): 11.654,000

Caudal máximo (l/s): 20,600

Caudal medio (l/s): 1,170

Tipo de uso: Abastecimiento de núcleos urbanos Consumo humano y Usos agropecuarios. Regadío

Naturaleza consuntiva del uso: Sí

Superficie derecho riego (ha): 1,7560

Observaciones del derecho:

Con fecha 17/04/2024 se ha procedido a la adaptación electrónica de la inscripción conforme a los datos del expediente. Actualizándose el punto de toma conforme al catastro vigente, por lo que se sustituye la parcela 26 del polígono 2, -que figuraba en la documentación del expediente inicial -, por C/ Río Camba 2001, parcela con varios inmuebles (división horizontal). No se han actualizado las parcelas con derecho a riego de acuerdo con la cartografía actual, pues la delimitación de la antigua parcela 26 del polígono 2, no es coincidente con recintos actuales, por lo que en la identificación de las parcelas con derecho a riego se mantienen conforme a la documentación originariamente aportada. No obstante, en cuanto al uso de abastecimiento de núcleos urbanos, al ser el consumo humano un uso puntual se actualiza la numeración catastral de la parcela en igual sentido que lo indicado en cuanto a la actualización del punto de toma.

En la resolución se indica que el uso es riego y limpieza de viales, si bien de acuerdo a la actual clasificación reglamentaria de los usos a la fecha de grabación de esta inscripción el uso debe calificarse como usos agropecuarios-regadío y abastecimiento fuera de núcleos urbanos-consumo humano.

Exte CP-12.186 LE (Ref. Integra C-0148/1988)

2- De acuerdo con el informe remitido el 1 de abril de 2024, por el Servicio de Aguas Subterráneas de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. se ha tenido conocimiento del cambio del uso del suelo de los terrenos con destino a riego del aprovechamiento de referencia CP-12186-LE, los cuales se han urbanizado.

3- En razón de lo expuesto el Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propuso en su informe de 27 de julio de 2024, el inicio de expediente de extinción por caducidad del derecho al uso privativo de las aguas, correspondiente al aprovechamiento, motivada por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular, de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que señala que: El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella sea imputable al titular.

4- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 27 de julio de 2024, iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular. Este procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).

5- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente ED/TTEC/0029/2024-, bien a través del Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).

Valladolid, 19 de septiembre de 2024.- Jefa Servicio Registro Aguas y Recursos Hidráulicos - Confederación Hidrográfica del Duero, Ana Isabel Guardo Pérez.

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