En relación con dicho asunto consta en el expediente (E-6488) los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 17 de marzo de 2023, por el representante de la entidad Redexis, S.A., con CIF nº A82625021 y domicilio a efectos de notificaciones en la avenida Federico García Lorca, nº 31 Local 10 de Granada, se presentó escrito y otra documentación solicitando el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública respecto del proyecto denominado «Construcción de red de distribución de gas y su adaptación para inyección de biometano procedente de la planta de biogás de La Calahorra (Granada), así como instalación de compresión para posibilitar la inyección en el gasoducto de transporte primario Huércal-Overa – Baza - Guadix», en los términos municipales de La Calahorra, Aldeire, Valle del Zalabí y Guadix (Granada).
SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 80, 84 y 98 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, se remitieron las respectivas separatas del proyecto, solicitando informe, a las siguientes entidades y empresas de servicios de interés general afectados: Ayuntamientos de La Calahorra, Aldeire, Valle del Zalabi y Guadix, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Minas de Alquife, ADIF, Edistribución y la Diputación Provincial de Granada. Recibidos los informes o transcurrido el plazo sin contestación, no existe objeción o condición que formular.
TERCERO.- De conformidad con lo establecido en los artículos 103 a 107 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos (LSH) y en los artículos 92, 95, 96 y 97 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, se sometió a información pública la solicitud de reconocimiento, en concreto, de utilidad pública, del proyecto de referencia, insertándose el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado de fecha 28 de junio de 2024, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de fecha 12 de julio de 2024 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de 5 de julio de 2024. Del mismo modo, se publicó en los diarios Ideal y Granada Hoy, ambos, el día 1 de julio 2024, se expuso en los respectivos tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Valle del Zalabí, Aldeire, Guadix y La Calahorra por el plazo establecido y se publicó el anuncio y su memoria en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. Durante dicho periodo, salvo error u omisión, no consta que se hayan recibido alegaciones.
CUARTO.- Mediante Resolución de fecha 17 de junio de 2024 de esta Delegación Territorial se ha concedido la correspondiente autorización administrativa previa y se ha aprobado el proyecto de ejecución de la instalación de distribución de gases combustibles objeto de este procedimiento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1a.) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (en su redacción vigente dada por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto); así como, en la Resolución de 28 de enero de 2004 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorización administrativa y declaración de utilidad pública de instalaciones de gas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería, teniendo en cuenta que esta instalación discurre íntegramente por la provincia de Granada.
SEGUNDO.- El procedimiento para el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones de distribución de gas se encuentra regulado en los artículos 103 a 107 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos (LSH) y en los artículos 92, 95, 96 y 97 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural. En particular, establece el artículo 103.2 de la LSH que los titulares de concesiones, permisos o autorizaciones para el desarrollo de dichas actividades «gozarán del beneficio de expropiación forzosa y ocupación temporal de bienes y derechos que exijan las instalaciones y servicios necesarios, así como la servidumbre de paso y limitaciones de dominio, en los casos que sea preciso para vías de acceso, líneas de conducción y distribución de los hidrocarburos, incluyendo las necesarias para atender a la vigilancia, conservación y reparación de las instalaciones». Igualmente, el artículo 102 establece en su número primero que «los titulares de concesiones, permisos o autorizaciones, a los que se refiere el artículo 103.2 de la presente Ley y en los mismos casos que los allí contemplados, tendrán derecho a la ocupación del dominio público, patrimonial y de las zonas de servidumbre pública».
TERCERO.- El artículo 105 de la LSH establece que «la declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954».
Por todo lo cual y, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación
RESUELVO
PRIMERO.- Declarar, en concreto, de utilidad pública, la instalación de la instalación de distribución de gases combustibles promovida por la entidad Redexis, S.A., denominada «Construcción de red de distribución de gas y su adaptación para inyección de biometano procedente de la planta de biogás de La Calahorra (Granada), así como instalación de compresión para posibilitar la inyección en el gasoducto de transporte primario Huércal-Overa – Baza - Guadix», en los términos municipales de La Calahorra, Aldeire, Valle del Zalabí y Guadix (Granada), según se describe en el Antecedente de Hecho Primero y, respecto de los bienes y derechos descritos en el listado Anexo, con las siguientes condiciones:
1ª. Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes servidumbres de paso.
2ª. Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la misma Ley, siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.
3ª. En cualquier momento, el solicitante del reconocimiento en concreto de la utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los necesarios bienes y derechos la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el contrato de adquisición de derechos por mutuo acuerdo firmado, tendrá a todos los efectos el mismo alcance que el acta de ocupación, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.
SEGUNDO.- Ordenar la notificación de la presente resolución al solicitante y a los afectados, así como, su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada. Tales publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas respecto de aquellos interesados que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la misma no se hubiera podido practicar.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Minas en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
ANEXO: Relación de bienes y derechos afectados por el reconocimiento, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado «Construcción de red de distribución de gas y su adaptación para inyección de biometano procedente de la planta de biogás de La Calahorra (Granada), así como instalación de compresión para posibilitar la inyección en el gasoducto de transporte primario Huércal-Overa – Baza - Guadix», en los términos municipales de La Calahorra, Aldeire, Valle del Zalabí y Guadix (Granada). Expediente E-6488.
Término Municipal |
Finca |
Titular catastro |
Polígono |
Parcela |
Pleno dominio (m²) |
Servidumbre de paso (ml) |
Ocupación temporal (m²) |
Naturaleza |
La Calahorra |
GR-LC-01 |
FUNDACIÓN CULTURAL Y SOCIAL JACINTO REGA |
505 |
59 |
3 |
53,56 |
218,96 |
labor secano |
La Calahorra |
GR-LC-01Bis |
AGR Biogás, S.L AGROVALORIZACIONES, SL |
505 |
59 |
3 |
53,56 |
218,96 |
labor secano |
La Calahorra |
GR-LC-02 |
AYUNTAMIENTO DE LA CALAHORRA |
505 |
9008 |
1 |
72,55 |
440,33 |
camino |
La Calahorra |
GR-LC-03 |
ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS |
900 |
9301 |
0 |
1.382 |
10.778 |
via férrea |
La Calahorra |
GR-LC-04 |
JUNTA DE ANDALUCÍA |
900 |
9601 |
0 |
10,04 |
80,33 |
via pecuaria |
La Calahorra |
GR-LC-05 |
JORGE CREMADES CANTÓN ÁNGEL CREMADES CANTÓN |
505 |
41 |
0 |
28 |
395 |
labor secano |
La Calahorra |
GR-LC-05/1 |
RAFAEL LÓPEZ TORIBIO ENCARNACIÓN GARCÍA GÓMEZ |
505 |
42 |
0 |
10 |
98 |
labor secano |
La Calahorra |
GR-LC-06 |
ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS |
900 |
9300 |
0 |
33,34 |
0 |
via férrea |
La Calahorra |
GR-LC-07 |
MARÍA PILAR CABRERIZO TORRENTE |
502 |
21 |
0 |
541,53 |
4414,37 |
labor secano |
La Calahorra |
GR-LC-08 |
AYUNTAMIENTO DE LA CALAHORRA |
502 |
20 |
0 |
118,89 |
955,31 |
labor secano |
La Calahorra |
GR-LC-09 |
DIPUTACIÓN DE GRANADA |
900 |
9105 |
0 |
11,2 |
89,58 |
camino |
La Calahorra |
GR-LC-10 |
AYUNTAMIENTO DE LA CALAHORRA |
504 |
34 |
0 |
189,29 |
1521,25 |
labor secano |
La Calahorra |
GR-LC-11 |
MARAVILLAS ROSILLO TORIBIO |
504 |
35 |
0 |
54,28 |
380,67 |
labor secano |
La Calahorra |
GR-LC-12 |
AYUNTAMIENTO DE LA CALAHORRA |
504 |
9001 |
0 |
6,31 |
124,63 |
camino |
La Calahorra |
GR-LC-13 |
AYUNTAMIENTO DE LA CALAHORRA |
504 |
9003 |
1 |
340,42 |
2376,47 |
camino |
La Calahorra |
GR-LC-14 |
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE |
504 |
9006 |
0 |
6,43 |
52,1 |
rambla |
Aldeire |
GR-AL-01 |
AYUNTAMIENTO DE ALDEIRE |
7 |
9015 |
0 |
400,76 |
1747,85 |
camino |
Valle del Zalabí |
GR-VZ-01 |
AYUNTAMIENTO DE VALLE DEL ZALABÍ |
14 |
9003 |
0 |
1003,91 |
6131,13 |
camino |
Valle del Zalabí |
GR-VZ-02 |
AYUNTAMIENTO DE VALLE DEL ZALABÍ |
12 |
9002 |
0 |
1209,7 |
6800,37 |
camino |
Valle del Zalabí |
GR-VZ-03 |
AYUNTAMIENTO DE VALLE DEL ZALABÍ |
9 |
9002 |
0 |
905,52 |
4728,64 |
camino |
Valle del Zalabí |
GR-VZ-03/1 |
HEREDEROS DE CARMEN LÓPEZ REQUENA |
11 |
133 |
0 |
56 |
280 |
labor secano |
Valle del Zalabí |
GR-VZ-03/2 |
HEREDEROS DE MANUEL GÓMEZ DÍAZ |
9 |
66 |
0 |
56 |
280 |
labor secano |
Valle del Zalabí |
GR-VZ-04 |
AYUNTAMIENTO DE VALLE DEL ZALABÍ |
9 |
9001 |
0 |
5,47 |
30,52 |
camino |
Valle del Zalabí |
GR-VZ-05 |
AYUNTAMIENTO DE VALLE DEL ZALABÍ |
10 |
9002 |
1 |
753,41 |
4848,65 |
camino |
Valle del Zalabí |
GR-VZ-06 |
JUNTA DE ANDALUCÍA |
900 |
9601 |
0 |
167,83 |
1342,42 |
camino |
Valle del Zalabí |
GR-VZ-07 |
AYUNTAMIENTO DE VALLE DEL ZALABÍ |
6 |
9003 |
0 |
478,93 |
2642,05 |
camino |
Valle del Zalabí |
GR-VZ-07/1 |
CONSUELO RUZ TAPIA |
6 |
17 |
0 |
114 |
570 |
labor secano |
Valle del Zalabí |
GR-VZ-07/2 |
JOSE ANTONIO GARCÍA GARCÍA |
7 |
1 |
0 |
122 |
610 |
labor y almendro secano |
Guadix |
GR-GU-01 |
AYUNTAMIENTO DE GUADIX |
17 |
9002 |
0 |
1255,74 |
6331,67 |
camino |
Guadix |
GR-GU-02 |
HEREDEROS DE ANTONIO MEDIALDEA OLIVENCIA |
19 |
2 |
0 |
625,71 |
5000,61 |
labor secano |
Guadix |
GR-GU-03 |
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE |
19 |
9008 |
0 |
21,48 |
174,84 |
rambla |
Guadix |
GR-GU-04 |
HEREDEROS DE ANTONIO MEDIALDEA OLIVENCIA |
19 |
1 |
0 |
141,18 |
1869,91 |
labor secano |
Guadix |
GR-GU-05 |
AYUNTAMIENTO DE GUADIX |
18 |
9004 |
0 |
291,22 |
1617,68 |
camino |
Guadix |
GR-GU-06 |
AYUNTAMIENTO DE GUADIX |
19 |
9009 |
0 |
134,81 |
657,41 |
camino |
Guadix |
GR-GU-07 |
AYUNTAMIENTO DE GUADIX |
20 |
9014 |
0 |
88,37 |
509,16 |
camino |
Guadix |
GR-GU-08 |
CARMEN MEDIALDEA MEDIALDEA |
52 |
25 |
0 |
727,56 |
6073,92 |
labor secano |
Guadix |
GR-GU-09 |
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE |
52 |
9001 |
0 |
11,84 |
95,25 |
rambla |
Guadix |
GR-GU-10 |
CARMEN MEDIALDEA MEDIALDEA |
52 |
26 |
0 |
98,2 |
829,91 |
labor secano y pastos |
Guadix |
GR-GU-11 |
AYUNTAMIENTO DE GUADIX |
51 |
9006 |
0 |
32,24 |
222,41 |
camino |
Guadix |
GR-GU-12 |
CARMEN MEDIALDEA MEDIALDEA |
51 |
47 |
0 |
119,58 |
964,69 |
labor secano |
Guadix |
GR-GU-13 |
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE |
51 |
9005 |
0 |
11,42 |
91 |
barranco |
Guadix |
GR-GU-14 |
CARMEN MEDIALDEA MEDIALDEA |
51 |
23 |
0 |
327,04 |
2667,16 |
labor secano |
Guadix |
GR-GU-15 |
AYUNTAMIENTO DE GUADIX |
51 |
9004 |
1 |
1231,58 |
6934,15 |
camino |
Guadix |
GR-GU-16 |
REDEXIS INFRAESTRUCTURAS SL |
51 |
49 |
24 |
79,06 |
2748,57 |
labor secano |
Guadix |
GR-GU-17 |
CARMEN MEDIALDEA MEDIALDEA |
51 |
23 |
0 |
6 |
90 |
labor secano |
Guadix |
GR-GU-18 |
AYUNTAMIENTO DE GUADIX |
53 |
9011 |
0 |
6 |
90 |
camino |
Guadix |
GR-GU-19 |
CASILDA NAVARRO MOLINA MANUEL ANTONIO NAVARRO MOLINA DE HARO |
53 |
26 |
2 |
124 |
1860 |
labor secano |
Guadix |
GR-GU-20 |
AYUNTAMIENTO DE GUADIX |
51 |
9007 |
0 |
6 |
90 |
camino |
Guadix |
GR-GU-21 |
CAYETANO TOMÁS GARCÍA MARTÍNEZ SALVADOR GARCÍA MARTÍNEZ MARÍA DOLORES GARCÍA MARTÍNEZ GUADALUPE GARCÍA MARTÍNEZ |
51 |
35 |
0 |
66 |
990 |
labor secano |
Granada, 7 de septiembre de 2024.- El Delegado Territorial, Gumersindo Carlos Fernández Casas.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid