RESUELVO
Declarar la falta de aptitud e idoneidad de don Manuel Miguel Ocaña Gámez, abogado fiscal sustituto de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para desempeñar los cometidos propios del cargo, de conformidad con el artículo 38.f) y el artículo 39 del Real Decreto 147/2022, de 22 de febrero, por el que se regula el régimen de sustituciones y de medidas de apoyo o refuerzo en el Ministerio Fiscal, acordando el cese y la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado y, en virtud de lo previsto en el artículo 21.2 del Real Decreto 147/2022, de 22 de febrero, declarar su exclusión en los tres siguientes procesos de selección.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación al interesado
Madrid, 20 de septiembre de 2024.- El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, por delegación El Secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.
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