BDNS(Identif.):788476
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/788476)
Primero: Beneficiarios.
Serán beneficiarias de las ayudas las Federaciones Deportivas Españolas en función de los deportistas pertenecientes a las mismas que acrediten el correspondiente derecho en los términos que figuran en la convocatoria como destinatarios finales.
Segundo: Objeto de la convocatoria.
La finalidad de esta convocatoria es destinar ayudas a las FFDDEE con pruebas incluidas en los programas de los JJOO y JJPP, para desarrollar Planes Especiales orientados a la preparación de sus deportistas con el objetivo de mejorar el rendimiento deportivo.
Tercero: Bases Reguladoras.
La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la Resolución de convocatoria y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012, de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.
Cuarto: Cuantía.
El CSD destinará a financiar las ayudas convocadas un importe máximo de siete millones de euros (7.000.000 €) con cargo al concepto 18.106.336A.481.04, "Otras ayudas", procedente de los ingresos obtenidos en la comercialización conjunta de derechos audiovisuales, en aplicación Real Decreto-ley 5/2015".
Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de la presente Resolución.
En virtud de lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PACAP, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes (https://sede.csd.gob.es), concretamente desde el trámite: "051210-2024A Ayudas para Federaciones Deportivas Españolas con pruebas o especialidades incluidas en los Juegos Olímpicos y Paralímpicos para la preparación de sus deportistas" y deberán estar firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto en la citada Ley, en todo caso por el presidente de la FDE o bien por el representante legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de la respectiva FDE.
Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015 y deberá acompañarse de los documentos y anexos expresados en la convocatoria.
Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente Resolución tendrá carácter de pago anticipado y se podrá efectuar de una sola vez.
La justificación de las ayudas concedidas de acuerdo con la presente convocatoria se realizará hasta el 31 de marzo del 2025. Esta justificación se hará conforme con lo previsto en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD y con lo establecido en la "Guía", e incluirá los gastos financiados con esta subvención CSD a lo largo del periodo subvencionable.
Madrid, 25 de septiembre de 2024.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel RodrÍguez Uribes.
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