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Documento BOE-B-2024-35141

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. de información pública del expediente de extinción del aprovechamiento de 0,2902 l/s de agua procedente de ocho (8) manantiales en el lugar de Carballal, Santa María de Tebra, término municipal de Tomiño (Pontevedra), con destino a abastecimiento de población. A/36/02768/E.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 3 de octubre de 2024, páginas 54589 a 54589 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2024-35141

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023, se somete a información pública, por un plazo de UN (1) MES, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual podrá comparecer por escrito cualquier persona, incluido el titular del derecho, que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, en el Ayuntamiento de Tomiño o en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (Comisaría de Aguas, Rúa Progreso, 6, 32005, Ourense) o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Expediente: A/36/02768/E

Asunto: Extinción del derecho al aprovechamiento de aguas

Titular: Comunidad de Usuarios de 1ª de Carballal

Nombre del río o corriente: Ocho (8) manantiales

Punto localización: Lugar de Carballal, Santa María de Tebra

Término municipal y provincia: Tomiño, Pontevedra

Destino: Abastecimiento de población

Título: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte

Fecha: 09 de febrero de 1999

Registro de Aguas: 8336, Sección A, en el Tomo 0084, hoja número 036

Breve descripción: Extinción del derecho del aprovechamiento de aguas iniciado por renuncia del titular de la concesión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 167 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. No constan servidumbres.

Ourense, 30 de septiembre de 2024.- El Comisario Adjunto, Alberto de Anta Montero.

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