BDNS(Identif.):787786
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/787786)
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y sus institutos universitarios, los Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro, las empresas, las asociaciones empresariales sectoriales y las plataformas tecnológicas y de innovación.
Segundo. Objeto.
El objetivo de la convocatoria es promover la incorporación de todos los agentes de la cadena de valor del sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación, e identificar la agenda de investigación aplicada y desarrollo experimental que, dando respuesta a las demandas sectoriales y/o intersectoriales, permitan abordar los retos científico-técnicos que conlleven. Para satisfacer este objetivo es necesaria la convergencia de tecnologías y de conocimientos mediante la promoción de la colaboración entre plataformas.
Tercero. Bases reguladoras.
Las ayudas objeto de esta convocatoria se rigen por la Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 6.000.000 de euros, con cargo al presupuesto de gastos de la Agencia Estatal de Investigación para el año 2025 y siguiente, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 3 y 5 del Reglamento de (UE) nº 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre, las ayudas reguladas en esta convocatoria no podrán superar en ningún caso, ni individualmente ni como resultado de la acumulación con otras ayudas concedidas con arreglo a otros reglamentos de minimis a la misma entidad, el importe máximo total por entidad de 300.000 euros. Como excepción a lo dispuesto anteriormente, las ayudas de minimis concedidas bajo el Reglamento (UE) 2023/2831 podrán acumularse con las ayudas concedidas con arreglo al Reglamento (UE) 2023/2832 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis concedidas a empresas que prestan servicios de interés económico general.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de participación serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 11 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 18 de octubre de 2024 y finalizará el día 7 de noviembre de 2024 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes.
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Oportunidad estratégica de la actuación.
b) Estructura, organización e integración de agentes del Sistema Estatal de Ciencia, Tecnología e Innovación.
c) Desarrollo y alcance de la actuación.
d) Proyección internacional.
Los criterios de evaluación, así como su valoración, se determinan en el Anexo I de la convocatoria.
Madrid, 3 de octubre de 2024.- Juan Cruz Cigudosa García, Presidente de la Agencia Estatal de Investigación.
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