Mediante Resolución de 17 de noviembre de 2023, del Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León en el Boletín Oficial de Castilla y León, el 23 de noviembre de 2023 se adoptó y se hizo pública la decisión favorable en relación con la solicitud de registro de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Torrezno de Soria» en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas, haciéndose público su pliego de condiciones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 15.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, se ha remitido la solicitud de registro de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Torrezno de Soria» al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a los efectos de su transmisión a la Comisión Europea, que lo recibió el día 27 de noviembre de 2023 y le asignó el número de expediente PGI-ES-03038.
El Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, en su artículo 11 establece que los estados miembros podrán conceder, con carácter temporal, una protección transitoria a un nombre a escala nacional, con efecto desde la fecha en que se haya presentado a la Comisión una solicitud para la inscripción de ese nombre en el registro en la fase de la Unión, la cual cesará en la fecha en que en que entre en vigor el acto de ejecución que recoja la decisión sobre la solicitud de inscripción en el registro o bien cuando se retire la solicitud de inscripción en el registro.
Por su parte, el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, establece en su artículo 17.3 que, en el caso de una denominación de origen o indicación geográfica protegida cuyo ámbito territorial no exceda del de una comunidad autónoma, como es el caso de «Torrezno de Soria», la concesión de la protección nacional transitoria y su publicación en el «Boletín oficial del Estado» las realizará el órgano competente de la comunidad autónoma de que se trate.
El Decreto 50/2018, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León establece en su artículo 16, que el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León podrá conceder, a petición de la agrupación o persona solicitante, la protección nacional transitoria para una D.O.P. o I.G.P, siempre que la Comisión Europea haya publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el documento único y la referencia de la publicación del pliego de condiciones para el inicio del procedimiento de oposición comunitario. Asimismo, establece que el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León publicará la concesión de la protección nacional transitoria y el pliego de condiciones en el Boletín Oficial del Estado, informando, con carácter previo, al Ministerio competente en materia de calidad alimentaria de la citada concesión. Así, con fecha 19 de septiembre de 2024, la Asociación de Fabricantes de Torrezno de Soria ha solicitado la concesión de la protección nacional transitoria para la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Torrezno de Soria», habiéndose publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el documento único y la referencia de la publicación del pliego de condiciones para el inicio del procedimiento de oposición comunitario con fecha 22 de julio de 2024.
Por todo ello, habiendo informado al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para dar cumplimiento al deber de colaboración entre Administraciones Públicas, y en virtud de las funciones y facultades atribuidas al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León en materia de calidad alimentaria por los artículos 2, 3 y 18 de la Ley 7/2002, de 3 de mayo de creación del Instituto, por el artículo 12.2 del Reglamento del Instituto aprobado por Decreto 121/2002 y por el artículo 41 de la Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León,
RESUELVO:
Primero.- Conceder la protección nacional transitoria prevista en el artículo 11 del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de abril de 2024, a la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Torrezno de Soria». Dicha protección cesará a partir de la fecha en que la Comisión Europea adopte una decisión sobre su inscripción en el registro o en que se retire la solicitud.
El pliego de condiciones consta íntegramente en la siguiente dirección electrónica:
https://www.itacyl.es/web/guest/calidad-diferenciada/dop-e-igp/listado-dop-agroalimentarias
Segundo.- Dar publicidad a la presente Resolución ordenando la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Política Agraria Comunitaria y Desarrollo Rural en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Valladolid, 4 de octubre de 2024.- Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, Rafael Sáez González.
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