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Documento BOE-B-2024-3869

Anuncio del Ayuntamiento de Navalcarnero sobre acuerdo de la junta de Gobierno Local por el que se declara la necesidad de ocupación de la finca a favor de la Junta de Compensación del Sector II-2 y aprobar definitivamente la relación de bienes y derechos afectados de la expropiación de los propietarios no adheridos a la Junta de Compensación del Sector II-2 "Barrio El Señorío" del P.G.O.U de Navalcarnero.

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2024, páginas 5670 a 5671 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2024-3869

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, se hace público que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de enero de 2024, adoptó entre otros, los siguientes:

PRIMERO.- Desestimar las alegaciones presentadas por Dª. María Teresa Pérez Benito y D. José Pérez Benito, de conformidad con los informes técnicos y jurídicos incorporados en el expediente.

SEGUNDO.- Declarar la necesidad de ocupación de la finca que se indica a continuación a favor de la Junta de Compensación del Sector II-2 "Barrio el señorío" del P.G.O.U. del municipio de Navalcarnero y aprobar definitivamente la relación de bienes y derechos afectados de la expropiación de los propietarios no adheridos a la Junta de Compensación del Sector II-2 "Barrio el Señorío" del P.G.O.U. del municipio de Navalcarnero, en la que se concretan las siguientes características materiales y jurídicas de la única finca a expropiar:

FINCA 1

Titular JOSÉ PÉREZ BENITO Y Mº TERESA PÉREZ BENITO

Referencia Catastral 3699616VK1539N0001PA

Nª Inscripción Registral 11.569

Superficie finca m² 2.489

Superficie total de expropiación m² 1.667,38

TERCERO.- Notificar individualmente este acuerdo a los titulares registrales afectados por el presente procedimiento para su conocimiento y efectos oportunos, con las vías de recurso procedentes,

CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a la Junta de Compensación del Sector II-2 "Barrio el señorío" del P.G.O.U. del municipio de Navalcarnero, como beneficiaria de la expropiación.

QUINTO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Boletín Oficial del Estado y anunciarlo, asimismo, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Navalcarnero y en uno de los periódicos de mayor circulación de la Comunidad de Madrid.

SEXTO.- Iniciar una fase de acuerdo con los expropiados dentro de los quince (15) días tras la notificación o publicación del acuerdo de necesidad de ocupación. En caso de no llegar a ningún acuerdo, se seguirá el procedimiento que se indica en los artículos 25, 26 y siguientes de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa. Ello, sin perjuicio de la posibilidad de llegar a un acuerdo por ambas partes en cualquier momento del procedimiento de determinación de justiprecio que se tramite como pieza separada.

SEPTIMO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos.

Navalcarnero, 29 de enero de 2024.- Alcalde-Presidente, José Luis Adell Fernández.

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