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BDNS(Identif.):793275
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/793275)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser candidatas a estos premios las personas que hayan concluido sus estudios conducentes a un título universitario oficial de Grado o de Primer o Segundo ciclo de la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias, en centros españoles ya sea en facultades universitarias, escuelas técnicas superiores o escuelas universitarias españolas, en el curso académico 2018-2019.
Segundo. Objeto.
Es objeto de esta convocatoria distinguir a los estudiantes que han demostrado un mejor rendimiento académico a lo largo de sus estudios y los han finalizado con mayor excelencia. Esta distinción supone un reconocimiento oficial y, al mismo tiempo, comporta una asignación económica.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CNU/200/2024, de 26 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Nacionales de Fin de Carrera de Educación Universitaria, (B.O.E. de 5 de marzo)
Cuarto. Premios y Cuantía.
El número máximo de Premios a conceder será de 171, distribuidos por Rama de Conocimiento:
57 Primeros Premios, dotados con 3.300 euros cada uno
57 Segundos Premios, dotados con 2.650 euros cada uno
57 Terceros Premios, dotados con 2.200 euros cada uno
Quinto. Solicitudes y plazo de presentación.
La solicitud se podrá cumplimentar mediante el formulario accesible por internet a través de la Sede Electrónica asociada del Ministerio, en el siguiente enlace: Premios Nacionales de Fin de Carrera.
El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto. Documentación a presentar.
Deberá adjuntarse la documentación acreditativa de cada uno de los méritos alegados en el currículum y la fotocopia del título o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.
Madrid, 16 de octubre de 2024.- El Secretario de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades (P.D. Orden CNU/670/2024, de 25 de junio) el Secretario General de Universidades, Francisco García Pascual.
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