Examinado el expediente incoado a instancia de Comunidad de Regantes "Tola Casas Quemadas" (G75311019) solicitando modificación de características de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Fuentesaúco (Zamora), por un volumen máximo anual de 72.000 m³, un caudal máximo instantáneo de 26,96 l/s, y un caudal medio equivalente de 3,97 l/s, con destino a riego, la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, en virtud de la competencia otorgada por el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y de acuerdo con el vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, con fecha 22 de octubre de 2024, lo siguiente:
Anular la inscripción que consta en la Sección A del Registro de Aguas a nombre de D. Manuel Tola García con referencia CP-21009-ZA.
Autorizar la modificación de características de concesión de aguas subterráneas, de acuerdo con las características y condiciones que figuran en la resolución del expediente referenciado, y cuyas características del derecho son:
Titular: Comunidad de Regantes "Tola Casas Quemadas" (G75311019)
Tipo de uso: Riego (12,84 ha de cultivos herbáceos en rotación de 22,2259 ha)
Uso consuntivo: Si
Volumen máximo anual (m³): 72.000
Volumen máximo mensual (m³): 24.067,3
Caudal máximo instantáneo (l/s): 26,96
Caudal medio equivalente (l/s): 3,97
Procedencia de las aguas: Masa de agua subterránea 400048 – Los Arenales – Tierra del Vino.
Plazo por el que se otorga: 43 años desde el día siguiente al de la notificación de la Resolución de Modificación de Características de Concesión Administrativa.
Observación: El titular de la concesión procederá, en el plazo de dos (2) meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, a sellar debida y completamente el sondeo antiguo correspondiente al expediente de referencia CP-9650-ZA sito en la parcela 35 del polígono 1, del término municipal de Fuentesaúco (Zamora), con material inerte, de tal forma que no quede alterado el flujo subterráneo en el entorno del mismo y se procederá a la retirada de todos los materiales eléctricos y mecánicos para su reciclado, utilización o traslado a un vertedero autorizado. Las obras de sellado deberán realizarse con el fin de preservar la seguridad, evitar la entrada de contaminantes alas aguas subterráneas y la posible detracción de aguas con posterioridad al sellado de la captación, siguiendo los criterios establecidos el anexo III, parte B del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y se garantizará que la consolidación de los materiales de relleno no origine depresiones significativas en el terreno, según establece el artículo 188 bis del citado Reglamento.
Título que ampara el derecho: La Resolución de Concesión Administrativa de Concesión, CP-9650-ZA, de fecha 25 de mayo de 1990. Confederación Hidrográfica del Duero, O.A.; La presente Resolución de Modificación de Características de Concesión.
El contenido íntegro de la resolución de concesión puede conocerse accediendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivado en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Web www.chduero.es (Inicio\Portal del Ciudadano\Información al público\Resoluciones de Concesión).
Valladolid, 25 de octubre de 2024.- El Jefe de Servicio de Aguas Subterráneas, José Ignacio Santillán Ibáñez.
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