BDNS(Identif.):793864
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/793864)
Primero. Beneficiarios:
Entidades locales incluidas en la relación de municipios designados como «municipios zona I» y como municipios sede de «ECD» o «ABRS» en los Planes de Emergencia Nuclear exteriores a las instalaciones nucleares en las que la gestión del nivel exterior de respuesta de las emergencias que de ellas se deriven sean gestionadas por el Plan Básico de Emergencia Nuclear (PLABEN), que cuenten con un PAMEN aprobado por acuerdo del órgano competente de la entidad, previo informe del órgano ejecutivo del PEN, y ratificado por el director del PEN.
De acuerdo con la definición prevista en el artículo 3 de la Orden INT/953/2024, de 10 de septiembre, por "entidad local" se entenderá, de entre todas las entidades locales mencionadas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, solamente los municipios.
Los interesados solo podrán presentar una solicitud de subvención en el marco de esta convocatoria, la cual deberá referirse exclusivamente a una de las tipologías de proyectos contempladas en el artículo 1.2 de esta convocatoria.
Segundo. Objeto.
Promover la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a mejorar la dotación de las entidades locales incluidas en la relación de municipios designados como «municipios zona I» y como sedes de «ECD» o «ABRS» en los Planes de Emergencia Nuclear exteriores a las centrales nucleares (PEN), con el fin de contribuir a hacer efectivas las previsiones de actuación contenidas en los correspondientes Planes de Actuación Municipal en Emergencia Nuclear (PAMEN).
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se destinarán a sufragar los gastos derivados de los siguientes proyectos:
a) Proyectos destinados a la instalación y/o renovación de los sistemas de comunicaciones y avisos a la población que pueda verse afectada en caso de emergencia nuclear, definidos en el PAMEN del municipio, para los que se justifique que supondrán una mejora relevante para la gestión de la emergencia, y/o para el envío de avisos a la población afectada de un modo rápido y eficaz, incluyendo los sistemas específicos necesarios para la atención a las personas con discapacidad y a otros colectivos en situación de vulnerabilidad.
b) Proyectos destinados a equipamiento y/o renovación de los Centros de Coordinación Operativa Municipal (CECOPAL), con el fin de que se dispongan de los medios adecuados para establecer el intercambio de información y el registro de las comunicaciones con el Centro de Coordinación Operativa (CECOP) del PEN y con los actuantes de los servicios municipales de emergencia, incluyendo la informatización de los PAMEN o cualquier otra herramienta informática o equipo destinado a mejorar la respuesta en emergencia nuclear, de modo que se facilite la utilización de los mismos.
c) Proyectos destinados a la adquisición de medios para su utilización por los servicios municipales, necesarios para llevar a cabo las medidas de protección de la población del municipio, según lo establecido en el correspondiente Plan Municipal de Emergencia Nuclear, tales como: vehículos todo terreno con megafonía; furgonetas para transporte a las ECD; carros para el transporte de equipos y materiales; sistemas de alimentación ininterrumpida (SAI); grupos electrógenos con y sin remolque; sistemas audiovisuales; plataformas elevadoras; elementos de balizamiento y señalización; carteles de puntos de reunión; chalecos identificativos para actuantes; elementos de alumbrado público. Sin perjuicio de que se puedan subvencionar otros proyectos en los que quede debidamente justificada su necesidad para llevar a cabo las medidas de protección de la población del municipio.
d) Proyectos destinados exclusivamente a acondicionamiento de los viales (carreteras, vías de salida y acceso a la población y calles de los propios municipios) que de acuerdo con lo especificado en los PAMEN desempeñan un papel importante en el desarrollo de las actividades previstas en el mismo tales como: facilitar la evacuación de personas, avisar a la población en caso de emergencia y efectuar la distribución de comprimidos para la profilaxis radiológica, así como facilitar el acceso a los equipos y medios necesarios. Quedarán excluidos de la actuación subvencionable los trabajos adicionales asociados a este tipo de proyectos, de reposición de servicios afectados, tales como redes de abastecimiento, saneamiento o riego, alumbrado, fibra, etc., a no ser que se justifique su necesidad en la operatividad y/o seguridad de los viales.
Los viales para los que se solicite la subvención deberán figurar inequívocamente identificados como vías para facilitar la evacuación de personas, avisar a la población en caso de emergencia, efectuar la distribución de comprimidos para la profilaxis radiológica y/o facilitar el acceso a los equipos y medios necesarios, en la última versión del PAMEN que haya sido aprobada, haya entrado en el registro de la Subdelegación del Gobierno con anterioridad a la publicación de la correspondiente convocatoria y haya sido aportada por dicha Subdelegación del Gobierno a la Subdirección General de Prevención, Planificación y Emergencias de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
e) Proyectos destinados a mejora y equipamiento o renovación de las Estaciones de Clasificación y Descontaminación (ECD) existentes o adquisiciones de ECD portátiles, por parte de los municipios sede de ECD.
Solo se considerarán subvencionables aquellos proyectos destinados a mejora y equipamientos de las ECD's, que guarden relación con las necesidades mínimas específicas de estas infraestructuras o medios según lo previsto en el Plan de Emergencia Nuclear (PEN): acondicionamiento del sistema de recogida de aguas potencialmente contaminadas, mejoras en los sistemas de calefacción y de suministro de agua caliente, acondicionamiento de accesos para personas con discapacidad, adquisición de bombas de achique y grupos electrógenos para uso exclusivo en la ECD, adecuación de la zona de estacionamiento y de los accesos para el vehículo que transporta el Contador de radiactividad corporal y dotación de los elementos necesarios para su funcionamiento.
Adicionalmente sólo se consideran subvencionables aquellos proyectos destinados a ECD que tengan o recuperen su capacidad de realizar sus cometidos previstos en el PAMEN.
f) Material y equipos para facilitar la información previa de los ciudadanos y la formación teórico-práctica del personal de los servicios municipales que deban intervenir en caso de emergencia nuclear, según lo establecido en el Plan Municipal correspondiente.
Podrán ser subvencionadas tanto actuaciones que hayan sido contratadas hasta dos años antes de la fecha de publicación de esta convocatoria, como actuaciones que aún no hayan sido contratadas.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden INT/953/2024, de 10 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales adscritas a los Planes de Emergencia Nuclear. Se puede consultar esta Orden en la página web: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-18381
Cuarto. Cuantía.
El importe máximo de la convocatoria es de 1.726.605,63 euros.
La cuantía máxima que se concederá a cada beneficiario será de 80.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
Sexto. Forma de las solicitudes.
Los interesados formularán sus solicitudes electrónicamente, a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior (https://sede.mir.gob.es/opencms/export/sites/default/es/procedimientos-y-servicios/plan-emergencia-nuclear/index.html
Madrid, 29 de octubre de 2024.- El Ministro del Interior. P.D. La Subsecretaria del Ministerio del Interior (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), Susana Crisóstomo Sanz.
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