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Documento BOE-B-2024-40118

Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por el que se somete a información pública la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública del proyecto que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 5 de noviembre de 2024, páginas 62553 a 62557 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2024-40118

TEXTO

De acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública el expediente incoado en esta Delegación Territorial en Cádiz, con objeto de autorizar la instalación eléctrica siguiente:

· Peticionario: Tayan Investment 12, S.L.

· Domicilio: Plaza de la Lealtad, núm. 2, 3.º, 28014 Madrid.

· Término municipal afectado: Jimena de la Frontera.

· Finalidad de la instalación: Generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica.

Características fundamentales:

Planta Solar «FV Tan Energy 1» de 49,8 MWp de potencia y 43,35 MW con permiso de acceso y conexión (AT-14425/20).

Generador fotovoltaico:

· Generador fotovoltaico sobre estructura con sistema de seguidor monofila con 2 módulos en vertical.

· 87.318 módulos fotovoltaicos de 570 Wp de potencia máxima, distribuidos en series de módulos dirigidos hacia 8 centros de transformación, 6 de ellos de potencia de 6.874 kVA y 2 de 3.437 kVA.

Centros de potencia:

· 8 centros, 6 centros de potencia de 6.874 kVA y 2 de 3.437 kVA, formado por transformador y protecciones.

· 14 inversores centrales de 3.437 kW de potencia máxima.

· PPC para gestión de la potencia entregada a la red, conforme a la potencia de acceso y conexión concedida.

Red de Media Tensión:

· 4 circuitos subterráneos de media tensión de conductores 18/30 kV U0/U), de XLPE Al 150, 240, 400 o 630 mm² que unen los Centros de Potencia con el Centro de Seccionamiento.

Red de Media Tensión desde centros de potencia hasta centro de seccionamiento.

Línea MT 1

• Origen: CT1

• Final: CT2

• Subterráneo

• Características del cable: 3x(1x150 mm²) Al XLPE 18/30 kV 171,59 m

Línea MT 1

• Origen: CT2

• Final: CSE

• Subterráneo

• Características del cable: 3x(1x400 mm²) Al XLPE 18/30 kV 723,08 m

Línea MT 2

• Origen: CT4

• Final: CT3

• Subterráneo

• Características del cable: 3x(1x150 mm²) Al XLPE 18/30 kV 511,21 m

Línea MT 2

• Origen: CT3

• Final: CSE

• Subterráneo

• Características del cable: 3x(1x240 mm²) Al XLPE 18/30 kV 800,35 m

Línea MT 3

• Origen: CT5

• Final: CT6

• Subterráneo

• Características del cable: 3x(1x150 mm²) Al XLPE 18/30 kV 237,01 m

Línea MT 3

• Origen: CT6

• Final: CT7

• Subterráneo

• Características del cable: 3x(1x150 mm²) Al XLPE 18/30 kV 304,90 m

Línea MT 3

• Origen: CT7

• Final: CSE

• Subterráneo

• Características del cable: 3x(1x630 mm²) Al XLPE 18/30 kV 231,70 m

Línea MT 4

• Origen: CT8

• Final: CSE

• Subterráneo

• Características del cable: 3x(1x150 mm²) Al XLPE 18/30 kV 403,66 m

Infraestructura de Evacuación.

Centro de Seccionamiento.

1. Celda de protección.

2. Celda del transformador de SS.AA.

3. Celda de medida.

4. Celda de línea (x4 u.).

5. Celda de salida.

Con salida de suministro para SS.AA.

Línea de evacuación de 30 kV hasta «Subestación colectora Tan Energy»:

• Tipo: Línea eléctrica trifásica subterránea

• Tensión: 30 kV

• Longitud: 3,15 km

• Tipo Conductor: 1x(3x630 mm²) Al HEPRZ1 18/30 kV 3.150,73 m

• Número de circuitos: 1

• Número de cables: 3

Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de dicha ley.

Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada Ley del Sector Eléctrico, «supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública», por lo que los organismos oficiales que, en su caso, se encuentren incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a efectos meramente informativos de dicha obligación.

Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los titulares de los bienes y derechos afectados por dicho proyecto, incluidos los que pudieran haber sido omitidos, pudiendo formular las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

A estos efectos, en el anexo adjunto se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, con indicación de sus titulares.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, y en el 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos que estimen oportunos a los solos efectos de subsanar posibles errores en la relación indicada. En caso de que alguno de los titulares afectados e incluidos en la citada relación tenga firmado un acuerdo de ocupación de su finca con la beneficiaria, podrá aportarlo a los efectos de lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por la instalación, cuya relación se inserta al final de este anuncio, indicándose que el Proyecto de ejecución, podrá ser examinado en las dependencias del Servicio de Energía de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, de la Junta de Andalucía, sita en calle Fernando el Católico, 3, Edificio Junta de Andalucía, 11004 Cádiz.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, procede la publicación del presente trámite de información pública en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, donde podrá accederse a la documentación presentada para su examen, y por el mismo periodo a través del siguiente enlace buscando por el número de expediente:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html

Asimismo, la presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a los efectos de notificación previstos en el artículo 45 del antedicho Cuerpo legal.

Finca

Localidad

Ref. Catastral

Pol.

Parcela

LMT subt. (m)

LMT aérea (m)

Ocupac. de zanjas (m2)

Servidumbre de vuelo (m2)

Ocupac. viales de accesos (m2)

Área vallada (m2)

Ocupac. apoyos (m2)

Sup. Total (m2)

Ocupac. de zanjas a 2 años (m2) (3)

Naturaleza del terreno

Nombre

1

Jimena de la Frontera

11021A00800090

8

90

19,77

0,00

13,84

0,00

0,00

0,00

0,00

13,84

65,24

Rústico, agrario

Dª Ángeles López Bautista

2

Jimena de la Frontera

(1)(2) 11021A00800091

8

91

157,82

0,00

110,47

0,00

0,00

0,00

0,00

110,47

520,83

Rústico, agrario

López López, Fernando

3

Jimena de la Frontera

(1)(2) 11021A00809023

8

9023

9,09

0,00

6,36

0,00

0,00

0,00

0,00

6,36

29,98

Arroyo Habicholar

Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas de Andalucía. Subcuenca Guadiaro

4

Jimena de la Frontera

11021A00900025

9

25

52,32

0,00

36,62

0,00

0,00

343.579,08

0,00

343.615,70

172,64

Rústico, agrario

D. Antonio Jesús Ferrer López

5

Jimena de la Frontera

11021A00900030

9

30

586,23

0,00

410,36

0,00

0,00

0,00

0,00

410,36

1.934,56

Rústico, agrario

Cítricos La Herradura S.L.

6

Jimena de la Frontera

11021A00900032

9

32

35,63

0,00

24,94

0,00

0,00

0,00

0,00

24,94

117,59

Rústico, agrario

Cítricos La Herradura S.L.

7

Jimena de la Frontera

11021A00900033

9

33

703,21

0,00

492,25

0,00

0,00

0,00

0,00

492,25

2.320,61

Rústico, agrario

D. Francisco Javier López López

D. José Mª López López

Dª María Ángeles López López

8

Jimena de la Frontera

11021A00900034

9

34

659,45

0,00

461,61

0,00

0,00

0,00

0,00

461,61

2.176,18

Rústico, agrario

Cítricos La Herradura S.L.

9

Jimena de la Frontera

11021A00900039

9

39

51,01

0,00

35,71

0,00

0,00

293.851,67

0,00

293.887,38

168,33

Rústico, agrario

Cítricos La Herradura S.L.

10

Jimena de la Frontera

11021A00900040

9

40

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

88.293,81

0,00

88.293,81

0,00

Rústico, agrario

Cítricos La Herradura S.L.

11

Jimena de la Frontera

(1)(2) 11021A00909001

9

9001

8,66

0,00

6,06

0,00

0,00

0,00

0,00

6,06

28,60

Arroyo Habicholar

Demarcación Hidrográfica de

las Cuencas Mediterráneas de

Andalucía. Subcuenca

Guadiaro

12

Jimena de la Frontera

11021A00909003

9

9003

9,65

0,00

6,76

0,00

0,00

0,00

0

6,76

31,86

Arroyo del Azufre

Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas de Andalucía. Subcuenca Guadiaro

13

Jimena de la Frontera

(1) 11021A00909007

9

9007

4,50

0,00

3,15

0,00

0,00

0,00

0

3,15

14,85

VT Vía de comunicación de dominio público

Ayuntamiento de Jimena de la Frontera

(1) Las parcelas señaladas tienen un uso compartido de su zanja de la línea de evacuación con la del proyecto PSFV Tan Energy 4, por lo que dentro del proceso de DUP, la superficie de ocupación tendrá que ser considerada una única vez.

(2) Las parcelas señaladas tienen un uso compartido de su zanja de la línea de evacuación con la del proyecto PSFV Tan Energy 2, por lo que dentro del proceso de DUP, la superficie de ocupación tendrá que ser considerada una única vez.

(3) Se ha considerado que todas las ocupaciones son temporales a 40 años o a 2 años dependiendo de su necesidad y a contar desde la emisión de la correspondiente acta de ocupación.

Nota 1: La superficie de las cámaras de empalme y las arquetas ya están consideradas en la ocupación permanente de zanja.

Nota 2: La tabla ya contiene las áreas asociadas a los viales de acceso a la planta.

Cádiz, 9 de septiembre de 2024.- Delegada Territorial, Inmaculada Olivero Corral.

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