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Documento BOE-B-2024-40226

Anuncio de información pública del Servicio de Régimen de Usuarios de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. sobre la tramitación de un procedimiento de extinción del derecho a un aprovechamiento de aguas del río Esla en el término municipal de Cistierna (León). Expediente ED-0069/2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 6 de noviembre de 2024, páginas 62783 a 62784 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2024-40226

TEXTO

1.- En el Registro de Aguas de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A, Sección A, Tomo 145, hoja 67, número 24167 figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas del río Esla en el término municipal de Cistierna (León):

- Clase: Riego y usos industriales

- Nombre: Comunidad de Regantes Presa del Cabildo (G-243208076)

- Término Municipal Y Provincia De La Toma: término municipal de Cistierna (León)

- Caudal Máximo (l/s): 1.074

- Caudal Medio Equivalente (l/s): 973.92

- Volumen Máximo Anual (m³): 23.177.664. DOTACIÓN: 7.776

- Superficie Regable (ha): 450

- Desnivel Máximo (M): 16,84

- Titulo: Prescripción por información posesoria. Resolución de Inscripción de 19/10/1929. Real Orden. Traslado a Registro de Aguas por Resolución de 17/05/2016. Confederación Hidrográfica del Duero.

- Observaciones: Comunidad de Regantes constituida por Orden Ministerial de 21/08/1931. Caudal máximo en litros por segundo 1.074,00 l/s de los que se devolverán al río 450,00 l/s, después de ser utilizados en el molino de D. Atilano Martínez. Constaba con el Nº de Registro General 12.008. Presa coordenadas UTM-ETRS89 (x,y) del Huso 30: (323880, 4734419) con destino a Riego y Usos Industriales. Riego: La superficie de riego se encuentra incluida en los polígonos 307, 308, 309, 311, 312, 313 y 314 del T.M de Cistierna, y en los polígonos 28, 29, 111, 11,4 115, 116, 117, 118 y 119 del T. M. de Gradefes con una superficie de 450 ha, un Volumen Max Anual de 3.499.200 m³/año, un caudal máximo de 450 l/s y un caudal medio de 349,92 l/s. Usos Industriales para accionamiento de un molino en Cistierna, con un Volumen Max Anual de 19.678.464 m³/año, un caudal máximo de 624 l/s y un caudal medio de 624 l/s. Expediente Le-10-26 (Ref Alberca 657/2016).

Expediente: LE-10-26 (Ref. Integra ISA-0053/2016, Ref. Alberca 657/2016).

2- El Servicio de Gestión de Ingresos de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. dentro del Expediente SG-0497/2024 seguido como consecuencia de la situación de impagos de la Comunidad de Regantes Presa del Cabildo, como titular del aprovechamiento de aguas del río Esla, con número de expediente LE-10-26 solicitó informe el 5 de julio de 2024 a la Comisaría de Aguas por si pudieran concurrir causas que motivaran la suspensión o pérdida del derecho, entre ellas, la recogida en el artículo 115.2 del RDL 1/2001, de 20 de julio y en el 312.2 del RD 849/1986, de 11 de abril.

El Servicio de Registro de Aguas y Recursos Hidráulicos tras realizar las oportunas averiguaciones informa el pasado 16 de septiembre de 2024 que se tramitó el expediente ISA-0053/2016, de traslado de la inscripción al Registro de Aguas con fecha 17 de mayo de 2016 y que de acuerdo con los datos de que se dispone se ha tenido conocimiento que la explotación se ha interrumpido por un tiempo superior a tres años por lo que procederá tramitar el correspondiente procedimiento de extinción.

3.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propone en su informe, que se inicie el trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella sea imputable al titular''.

Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende que la Comunidad de Regantes Presa del Cabildo, como titular del aprovechamiento LE-10-26 incurre en el motivo de pérdida del derecho contemplado en el art. 115.2 de la Ley de Aguas. A su vez se ha comprobado la interrupción permanente del aprovechamiento por un periodo superior a tres años por causa imputable a su titular.

4.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acuerda iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular, notificándolo a Comunidad de Regantes Presa del Cabildo, titular del aprovechamiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 165.1 y concordantes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (R.D. 849/1986, de 11 de abril) a fin de que en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación, pueda formular ante esta Confederación, las alegaciones que en su defensa estime oportunas.

Dichas alegaciones, podrán presentarse mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente ED-0069/2024 (TTEC), bien a través del Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).

El plazo máximo de duración de este procedimiento administrativo es de dieciocho (18) meses, de acuerdo con la Disposición Adicional Sexta del Texto Refundido de la Ley de Aguas, transcurrido este plazo se producirá la caducidad del procedimiento en aplicación de lo dispuesto en el artículo 25.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 30 de octubre de 2024.- Jefe de Área de Régimen de Usuarios. Confederación Hidrográfica del Duero O.A, Ana Isabel Guardo Pérez.

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