1.- En el Catalogo de Aguas Privadas, Tomo 42, Hoja 85, número 3885,de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A, figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas subterráneas, con destino a riego, en el termino municipal de Villalpando (Zamora).
- Clave: 042-085-3885-C-ZA-0206. Expte.: PCZA250035
- Clase Y Afección: Regadío
- Titular: D. Julio Pinto Nieto (12.110.613)
- Término Municipal Y Provincia De La Toma: Parcela 27, polígono 1, paraje "Conejo" término municipal de Villalpando (Zamora).
- Caudal (l/s): 18 máximo y 6 medio
- Volumen Máximo Anual (m³): 60.000
- Título Del Derecho: Inscripción de fecha 15 de junio de 1993. Confederación Hidrográfica del Duero.
- Observaciones: Pozo Sin Uso. Riega Cereal
Expediente PCZA250035 (Ref. Alberca 2943/1989, Ref. Integra PC-1464/1989)
2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propone en su informe, que se inicie el trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella sea imputable al titular''.
Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende que: que el aprovechamiento de aguas, al que le corresponde la captación de aguas subterráneas PCZA250035 no cuenta con estructura de riego y el pozo accesorio está inutilizado. Se precisa al respecto que en la condición tercera de la Resolución de inscripción de un aprovechamiento temporal de Aguas Subterráneas en el Catálogo de Aguas privadas de 15 de junio de 1993 a favor de D. Julio Pinto Nieto, se hace constar que: La buena conservación y explotación están bajo inspección de la Confederación Hidrográfica del Duero.
3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 20 de septiembre de 2024, iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular. Este procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).
4.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente ED/ARU/0050/2024-, bien a través del Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).
Valladolid, 5 de noviembre de 2024.- Jefe de Área de Régimen de Usuarios. Confederación Hidrográfica del Duero O.A, Ana Isabel Guardo Pérez.
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