Conforme a la disposición adicional segunda del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, en el plazo máximo de un año desde la aprobación del Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, los órganos competentes, de acuerdo con el artículo 254 bis.3, elaborarán el inventario de aglomeraciones urbanas que deben realizar los planes integrales de gestión del sistema de saneamiento de acuerdo con el artículo 259 quinquies 2.b) y c). Este inventario reflejará igualmente las aglomeraciones urbanas de más de 50.000 habitantes que deben realizar estos planes.
El inventario se sometió a información pública durante el plazo de un mes, tanto en el portal de internet de la Confederación Hidrográfica del Tajo, con fecha 20 de junio de 2024, como mediante anuncio de la Dirección General del Agua publicado en el Boletín Oficial del Estado n.º 154, de 26 de junio de 2024.
Recibidas las alegaciones durante el periodo de información pública, se procede a la publicación del inventario mediante Resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo de fecha 18 de octubre de 2024, cuyo texto se encuentra disponible en la página web de este Organismo, dentro del apartado Servicios al Ciudadano/ Informaciones Públicas, así como en los enlaces establecidos a tal efecto en el portal de internet del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (www.miteco.gob.es).
Este anuncio surte los efectos de notificación, conforme a los artículos 40 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el BOE.
Madrid, 5 de noviembre de 2024.- El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo, Antonio Yáñez Cidad.
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