Con fecha de 22 de enero de 2024 el Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, P. D. en el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, modificada por Orden TMA/355/2023, de 10 de abril; Disposición final 2ª, Disposición transitoria única y art. 7.2 del RD 829/2023) ha resuelto lo siguiente
Aprobar el expediente de Información Pública y definitivamente el Estudio de Delimitación de Tramos Urbanos y establecimiento de línea límite de edificación en ambas márgenes de la carretera N-120 del p.k. 309+925 a 311+370 a su paso por el municipio Valverde de la Virgen (León) de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, según lo siguiente:
o Establecer como tramo urbano el tramo de la carretera convencional N-120 entre los pp.kk 309+925 a 311+370.
o Establecer como travesía el tramo urbano de la carretera convencional N-120 entre los pp.kk. 309+925 a 311+000.
o Establecer como línea límite de edificación en el tramo de la carretera convencional N-120 entre los tramos anteriores la recogida en las Normas Urbanísticas Municipales de Valverde de la Virgen según los planos adjuntos.
o Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, medido horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, a 3 metros en todo el ámbito de estudio.
o Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, medido horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, a 8 metros en todo el ámbito de estudio.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el «Boletín Oficial del Estado», sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Valladolid, 2 de febrero de 2024.- El Ingeniero Jefe De La Demarcación,, José Vidal Corrales Díaz.
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