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Documento BOE-B-2024-42282

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la instalación eléctrica denominada «Subestación Elevadora "Opde Íllora 2 y 3" de 30/220 kV, 90 MVA y Línea de Alta Tensión de PSFV Opde Íllora 2 y 3, en los términos municipales de Chimeneas, Pinos Puente e Íllora (Granada)».

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 19 de noviembre de 2024, páginas 66005 a 66011 (7 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2024-42282

TEXTO

En relación con dicho asunto constan en el expediente de referencia E-3510; 11.934/AT, los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fechas 11 de julio de 2019 y 26 de febrero de 2020, la mercantil Planta Solar OPDE 21, S.L., con CIF n.º B-71354716, presentó escritos para solicitar autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción en relación con el proyecto de instalación eléctrica denominado «Subestación Elevadora "Opde Íllora 2 y 3" de 30/220 kV, 90 MVA y Línea de Alta Tensión de PSFV Opde Íllora 2 y 3, en los términos municipales de Chimeneas, Pinos Puente e Íllora», en la provincia de Granada y, asimismo, por la misma empresa, en fechas posteriores de 19 de julio de 2023 y 14 de diciembre de 2023, se presentaron escrito, relación de bienes y derechos afectados y demás documentación necesaria para solicitar la declaración, en concreto, de utilidad pública, respecto del mismo proyecto.

SEGUNDO.- Con fecha 25 de enero de 2023 se ha dictado Resolución por esta Delegación Territorial de Granada, concediendo autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el mencionado proyecto. En el procedimiento que corresponde a tales autorizaciones se cumplimentaron los trámites de información pública general y de información a otras Administraciones públicas que prescriben los artículos 125, 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con el resultado que se hace constar en los antecedentes tercero y siguientes de dicha Resolución que aquí damos por reproducidos, y cuyo texto íntegro se publica en el BOJA número 77 de 25 de abril de 2023.

TERCERO.- De conformidad con lo previsto en los artículos 144 y 146.2 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud de reconocimiento, en concreto, de utilidad pública del proyecto, se sometió a información pública, insertándose el correspondiente Anuncio en el Boletín Oficial del Estado el 11 de marzo de 2024; en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el 5 de marzo de 2024; y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada el 4 de marzo de 2024, todos ellos publicados además en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. Por otro lado, el Anuncio también se publicó en el diario IDEAL de Granada de fecha 11 de marzo de 2024, y estuvo expuesto por el plazo de treinta días en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Pinos Puente, Chimeneas e Íllora.

CUARTO.- Durante el periodo de información pública, salvo error u omisión, no consta que se haya presentado alegación alguna si bien, la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental presenta escrito para advertir que, no ostenta la titularidad de la finca número 46 según proyecto incluida en la relación de bienes afectados, circunstancia que comprueba la empresa promotora que, a continuación, comunica la alteración catastral de la misma para su inscripción a nombre del Ayuntamiento de Pinos Puente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1a.) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (en su redacción vigente dada por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto); así como, en la Orden de 20 de junio de 2023, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Industria, Energía y Minas, en particular, su artículo 5.7, que atribuye a las Delegaciones Territoriales la competencia en la tramitación y resolución de los procedimientos de expropiación forzosa, en todas sus fases, cuando la expropiación afecte a bienes situados en una sola provincia; por lo cual, la presente resolución se entenderá dictada por la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas.

SEGUNDO.- El procedimiento para la declaración, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas se encuentra regulado en el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, antes citado. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.1 la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, «la declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa». El número siguiente continúa estableciendo que «Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública».

TERCERO.- Respecto de la servidumbre de paso, el artículo 57 de dicha Ley 24/2013, establece, respecto de la servidumbre de paso que: «1. La servidumbre de paso de energía eléctrica tendrá la consideración de servidumbre legal, gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determinan en la presente ley y se regirá por lo dispuesto en la misma, en sus disposiciones de desarrollo y en la legislación mencionada en el artículo anterior, así como en la legislación especial aplicable. 2. La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 3. La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 4. Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario».

Por todo lo cual y, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación

RESUELVO

PRIMERO.- Declarar, en concreto, de utilidad pública, la instalación eléctrica promovida por la entidad Planta Solar OPDE 21, S.L., con CIF. B-71354716, denominada «Subestación Elevadora "Opde Íllora 2 y 3" de 30/220 kV, 90 MVA y Línea de Alta Tensión de PSFV Opde Íllora 2 y 3, en los términos municipales de Chimeneas, Pinos Puente e Íllora», en la provincia de Granada, en los términos descritos en el antecedente de hecho primero y, respecto de los bienes y derechos descritos en el listado Anexo, con las siguientes condiciones:

1.ª Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes servidumbres de paso.

2.ª Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.

3.ª En cualquier momento, el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los bienes y derechos necesarios, la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.

SEGUNDO.- Ordenar la notificación de la presente resolución a la entidad solicitante, a las Administraciones u organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general que informaron o debieron informar durante su tramitación, a los titulares de bienes y derechos afectados y a los restantes interesados en el expediente, así como, su publicación en el BOE, el BOJA y el BOP de Granada, con indicación de que las citadas publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

ANEXO I

Relación de Bienes y Derechos afectados por el Proyecto Subestación elevadora OPDE Íllora 2 y 3 de 30/220 kV, 90 MVA y línea aéreo-soterrada de alta tensión de 220 kV para la evacuación de las PSFV OPDE Íllora 2 y 3. T.M. de Pinos Puente, Íllora y Chimeneas (Granada). Expte. núm. 11.934/A.T.; E-3510.

PLA

S/P

Titular Catastral

DATOS CATASTRALES DE LA FINCA

AFECCIÓN

SERVIDUMBRE DE VUELO

SERVIDUMBRE SUBTERRANEA

APOYOS

OCUPA

TALA

ACCESO

Término Municipal

Nº políg. s/catast.

Nº parcela s/catast.

Paraje

Cultivo

Longitud serv. aérea (m)

Superficie Serv. vuelo (m²)

Sup. zona seguridad

. (m²)

Ocup. Temp. (m²)

Longitud subterrán ea (m)

Serv. subterrán ea (m²)

Sup. Temp. subterránea (m2)

Apoyo nº

Sup. Ocup. Permanente (m²)

Tiempo Ocup. Temp

Sup. Tala (m²)

Sup. Total caminos

2

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA.- SERVICIO DE CARRETERAS

CHIMENEAS

900

9001

-

Ctra. GR- 3312 de Chimene as a Castillo

-

-

-

-

10,83

10,83

108,28

-

-

-

-

-

3

CARLOS ROMERO

CHIMENEAS

20

5

Cortijo Villas

Olivar secano

-

-

-

-

499,64

499,64

4996,38

-

-

-

-

-

4

AYUNTAMIENTO DE CHIMENEAS

CHIMENEAS

20

9003

Cañada Gallego

Camino- Carril

-

-

-

-

14,90

14,90

148,95

-

-

-

-

-

5

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR

CHIMENEAS

20

9005

Cañada Gallego

Barranco

-

-

-

-

5,72

5,72

57,19

-

-

-

-

-

6

INMOBILIARIA CONCASA 3, S.L.

CHIMENEAS

20

4

Cortijo Villas

Labor secano

-

-

-

-

964,69

964,69

9646,94

-

-

-

-

-

7

AYUNTAMIENTO DE CHIMENEAS

CHIMENEAS

20

9002

Cortijo redondo

Camino- Carril

-

-

-

-

150,84

150,84

1508,39

-

-

-

-

-

8

INMOBILIARIA CONCASA 3, S.L.

CHIMENEAS

20

3

Cortijo Villas

Labor secano

-

-

-

-

103,64

103,64

1036,36

-

-

-

-

-

9

AYUNTAMIENTO DE CHIMENEAS

CHIMENEAS

3

9001

-

Camino de Chimene as a Castillo de Tajarja

-

-

-

-

5,08

5,08

50,77

-

-

-

-

-

10

INMOBILIARIA CONCASA 3, S.L.

CHIMENEAS

3

4

Villas

Olivar secano

27,28

2.565,56

1.671,79

260,82

91,23

91,23

912,32

1

37,82

-

-

62,00

11

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR

CHIMENEAS

3

9004

-

Barranco Hurón

15,03

257,55

160,67

-

-

-

-

-

-

-

-

-

12

INMOBILIARIA CONCASA 3, S.L.

CHIMENEAS

3

3

Villas

Olivar secano

386,29

5.932,90

3.827,18

662,68

-

-

-

2 y 3

135,08

-

-

215,00

13

AYUNTAMIENTO DE CHIMENEAS

CHIMENEAS

3

9002

-

Camino de Las Villas

16,64

209,79

68,49

-

-

-

-

-

-

14

SALVATIERRA AGRARIA, S.L.

CHIMENEAS

3

2

Villas

Olivar secano

-

95,47

132,63

-

-

-

-

-

-

-

-

-

15

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA.- SERVICIO DE CARRETERAS

CHIMENEAS

2

9001

-

Ctra. GR- 3400 de Peñuelas a Castillo de Tajarja

11,26

245,86

114,11

-

-

-

-

-

-

-

-

-

16

SALVATIERRA AGRARIA, S.L.

CHIMENEAS

2

11

Llano Palmeras

Olivar secano

295,84

5.840,56

2.971,67

384,94

-

-

-

4

92,54

-

-

1.811,00

17

SALVATIERRA AGRARIA, S.L.

CHIMENEAS

2

6

Llano Palmeras

Olivar secano

524,37

12.577,68

5.238,27

306,60

-

-

-

5

56,40

-

-

485,00

18

HERMATER 99, S.L.

CHIMENEAS

2

5

Llano Palmeras

Olivar secano

358,23

6.105,30

3.587,60

554,85

-

-

-

6 y 7

88,85

-

-

1.823,00

19

SIN DETERMINAR

CHIMENEAS

2

9002

-

Ctra. Del Canal

10,04

142,41

99,01

-

-

-

-

-

-

-

-

-

20

SALVATER 94, S.L.

CHIMENEAS

2

1

Llano Palmeras

Olivar secano

9,66

145,57

156,16

-

-

-

-

-

-

-

-

-

21

SALVATIERRA AGRARIA, S.L.

CHIMENEAS

2

13

Llano Palmeras

Olivar secano

469,68

7.616,35

4.670,23

621,85

-

-

-

8 y 9

116,65

-

-

1.444,00

22

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR

CHIMENEAS

2

9006

-

Barranco

- arroyo

9,93

214,75

110,80

-

-

-

-

-

-

-

-

-

23

INMOBILIARIA CONCASA 3, S.L.

CHIMENEAS

2

2

Llano Palmeras

Olivar secano

223,39

4.891,69

2.197,19

-

-

-

-

-

-

-

-

-

24

MARÍA TRINIDAD GUERRERO VALDEARENAS

PINOS PUENTE

40

59

Trasmulas

Olivar secano

49,75

654,75

508,29

309,06

-

-

-

10

57,46

-

-

1.905,00

25

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR

PINOS PUENTE

40

9022

-

Barranco

- arroyo

29,23

472,98

260,98

-

-

-

-

-

-

-

-

-

26

ENCARNACIÓN GUERRERO DELGADO

PINOS PUENTE

40

62

Trasmulas

Olivar regadío

450,61

8.221,74

4.527,39

267,32

-

-

-

11

40,32

-

-

951,00

27

AYUNTAMIENTO DE PINOS PUENTE

PINOS PUENTE

40

9020

-

Camino de Tajarja

5,90

112,57

70,79

-

-

-

-

-

-

-

-

-

28

ENCARNACIÓN GUERRERO DELGADO

PINOS PUENTE

40

63

Trasmulas

Olivar secano

548,36

10.956,93

5.480,89

524,88

12 y 13

76,88

-

-

664,00

29

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR

PINOS PUENTE

40

9019

-

Barranco

- arroyo

32,03

691,13

332,05

-

-

-

-

-

-

-

-

-

30

ANTONIO GONZÁLEZ RAMÍREZ

PINOS PUENTE

40

82

Trasmulas

Olivar regadío

133,17

2.244,42

1.331,57

262,44

-

-

-

14

38,44

-

-

370,00

31

ENCARNACIÓN BAILÓN LIZANA

PINOS PUENTE

40

83

Trasmulas

Olivar regadío

49,48

1.079,79

489,42

-

-

-

-

-

-

-

-

-

32

AYUNTAMIENTO DE PINOS PUENTE

PINOS PUENTE

40

9030

Trasmulas

Camino

8,10

181,60

78,05

-

-

-

-

-

-

-

-

-

33

FRANCISCA SÁNCHEZ RUIZ

PINOS PUENTE

40

169

Trasmulas

Olivar regadío

-

-

9,98

-

-

-

-

-

-

-

-

-

34

ENCARNACIÓN SÁNCHEZ RUIZ

PINOS PUENTE

40

168

Trasmulas

Olivar regadío

109,62

2.274,83

1.078,84

-

-

-

-

-

-

-

-

-

35

JUNTA DE ANDALUCÍA.- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE

PINOS PUENTE

40

9013

Trasmulas

Acequia

2,98

49,04

29,74

-

-

-

-

-

-

-

-

-

36

ESTRELLA BALDOMERO RIVAS MARÍA ANGUSTIAS BALDOMERO RIVAS JOSÉ EDUARDO BALDOMERO RIVAS JESÚS BALDOMERO RIVAS

PINOS PUENTE

40

93

Trasmulas

Olivar regadío

192,79

3.654,42

1.938,81

276,22

-

-

-

15

43,82

-

-

43,00

37

HROS. DE DOLORES HERRERÍAS ORTIZ

PINOS PUENTE

40

94

Trasmulas

Olivar regadío

154,33

2.875,09

1.545,50

345,96

-

-

-

16

73,96

-

-

495,00

38

ANICETO HINOJOSA OLMO

PINOS PUENTE

40

167

Trasmulas

Olivar regadío

44,51

749,76

457,98

-

-

-

-

-

-

-

-

-

39

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS. DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA VIVIENDA EN GRANADA

PINOS PUENTE

40

9010

-

Camino

9,88

195,68

100,35

-

-

-

-

-

-

-

-

-

40

NICOLÁS ARROYO LÓPEZ

PINOS PUENTE

40

124

Trasmulas

Olivar secano

139,11

3.317,68

1.378,82

-

-

-

-

-

-

-

-

-

41

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS. DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA VIVIENDA EN GRANADA

PINOS PUENTE

40

9011

Trasmulas

Camino

10,56

247,63

104,84

-

-

-

-

-

-

-

-

-

42

ALFONSO MARTÍN GUTIÉRREZ

PINOS PUENTE

40

182

Trasmulas

Olivar regadío

77,26

1.526,70

779,09

-

-

-

-

-

-

-

-

-

43

JUNTA DE ANDALUCÍA.- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE

PINOS PUENTE

40

9021

-

Acequia

1,12

16,80

11,20

-

-

-

-

-

-

-

-

-

44

ROCÍO NAVERO PAREJA

PINOS PUENTE

40

191

Trasmulas

Olivar regadío

86,54

1.073,44

883,90

286,29

-

-

-

17

47,89

-

-

254,43

45

JUAN LÓPEZ FERNÁNDEZ

PINOS PUENTE

40

122

Trasmulas

Frutales regadío

145,34

2.580,90

1.437,34

-

-

-

-

-

-

-

-

-

46

AYUNTAMIENTO PINOS PUENTE

PINOS PUENTE

39

9023

-

Camino del Turro

5,95

97,24

59,57

-

-

-

-

-

-

-

-

-

47

ANTONIA GONZÁLEZ PÉREZ

PINOS PUENTE

39

34

Trasmulas

Olivar regadío

156,73

3.289,66

1.578,63

286,29

-

-

-

18

47,89

-

-

218,00

48

JUAN IGNACIO GONZÁLEZ PÉREZ

PINOS PUENTE

39

101

-

Labor regadío

-

-

5,86

-

-

-

-

-

-

-

-

1.111,40

49

JOSÉ RICO MALAGÓN

PINOS PUENTE

39

33

-

Olivar regadío

208,38

4.390,58

2.068,31

78,46

-

-

-

19

3,18

-

-

-

50

JUAN MARTÍN RODRÍGUEZ

PINOS PUENTE

39

18

-

Labor regadío

188,73

3.763,12

1.887,30

197,77

-

-

-

19

40,64

-

-

375,00

51

FRANCISCO RIVAS ANGEL

PINOS PUENTE

39

104

-

Olivar regadío

-

161,48

2,86

-

-

-

-

-

-

-

-

-

52

AYUNTAMIENTO DE PINOS PUENTE

PINOS PUENTE

39

9007

-

Camino

11,13

245,87

97,72

-

-

-

-

-

-

-

-

-

53

HROS. DE JOSÉ CABALLERO LIZANA

PINOS PUENTE

39

92

Trasmulas

Olivar regadío

176,93

2.992,08

1.581,95

292,41

-

-

-

20

50,41

-

-

515,00

54

ORSI, S.A.

MARÍA DEL CARMEN D'ORNELLAS SILVA MARÍA DEL ROSARIO D'ORNELLAS SILVA FERNANDO D'ORNELLAS SILVA

PINOS PUENTE

39

23

-

Olivar regadío

-

-

0,78

-

-

-

-

-

-

-

-

-

55

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR

PINOS PUENTE

39

9025

-

Barranco de las Molineras

34,35

875,61

581,63

-

-

-

-

-

-

-

-

-

56

ORSI, S.A.

PINOS PUENTE

39

25

Trasmulas

Olivar regadío

379,86

7.884,59

3.761,26

276,22

-

-

-

21

43,82

-

-

405,00

57

ORSI, S.A.

PINOS PUENTE

39

26

-

Olivar regadío

416,22

7.363,37

4.179,08

538,66

-

-

-

22 y 23

82,26

-

-

2.309,00

58

JUNTA DE ANDALUCÍA. DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA S

PINOS PUENTE

38

9001

-

Autovía A-92

62,86

1.099,13

627,36

-

-

-

-

-

-

-

-

-

59

EVA TORRES

PINOS PUENTE

38

83

Trasmulas

Olivar regadío

113,04

1.619,44

1.163,49

116,16

-

-

-

24

12,63

-

-

-

60

JUNTA DE ANDALUCÍA.- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE

PINOS PUENTE

38

9039

-

Acequia

5,41

52,09

55,53

45,87

-

-

-

24

18,40

-

-

-

61

EVA TORRES

PINOS PUENTE

38

111

Trasmulas

Olivar regadío

747,59

13.591,87

7.467,64

1.106,54

-

-

-

24,

25,26 Y

27

165,48

-

-

8.992,00

62

EVA TORRES

PINOS PUENTE

38

110

-

Olivar regadío

76,86

1.569,13

752,75

-

-

-

-

-

-

-

-

-

63

AYUNTAMIENTO DE PINOS PUENTE

PINOS PUENTE

38

9027

-

Camino de Trasmula s

4,71

60,98

47,18

-

-

-

-

-

-

-

-

-

64

JUNTA DE ANDALUCÍA.- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE

PINOS PUENTE

38

9032

-

Acequia

6,23

85,50

62,35

-

-

-

-

-

-

-

-

-

65

MARÍA PERPETUO SOCORRO SILVA MORA

PINOS PUENTE

38

94

Trasmulas

Forestal - Chopera

228,11

4.488,77

2.281,89

-

-

-

-

-

-

-

6.770,66

-

66

AYUNTAMIENTO DE PINOS PUENTE

PINOS PUENTE

38

9033

-

Camino

3,67

56,71

36,77

-

-

-

-

-

-

-

-

-

67

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE

PINOS PUENTE

38

9035

-

Acequia

7,95

116,97

79,70

-

-

-

-

-

-

-

-

-

68

FRANCISCO MARTÍN GONZÁLEZ ENRIQUETA MONTIEL DOMINGO

PINOS PUENTE

38

164

Trasmulas

Forestal - Chopera

364,23

7.403,45

3.487,57

593,95

-

-

-

28 y 29

114,55

-

10.891,02

1.939,00

69

MARÍA PERPETUO SOCORRO SILVA MORA

PINOS PUENTE

38

95

Trasmulas

Forestal - Chopera

-

46,31

159,74

21,20

-

-

-

-

-

-

206,05

-

70

JUNTA DE ANDALUCÍA.- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE

PINOS PUENTE

38

9036

-

Acequia

2,60

35,55

24,42

-

-

-

-

-

-

-

-

-

71

AYUNTAMIENTO DE PINOS PUENTE

PINOS PUENTE

38

9037

-

Camino

3,77

56,79

37,78

-

-

-

-

-

-

-

-

-

72

FRANCISCO MARTÍN GONZÁLEZ ENRIQUETA MONTIEL DOMINGO

PINOS PUENTE

38

96

Trasmulas

Forestal - Chopera

44,89

769,17

475,31

-

-

-

-

-

-

-

1.244,48

-

73

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR

PINOS PUENTE

900

9200

-

Río Genil

62,06

1.127,45

587,96

-

-

-

-

-

-

-

-

-

74

HROS. DE FAUSTO RODRÍGUEZ LIÑÁN

PINOS PUENTE

35

15

Loma del Conejo

Forestal - Chopera

34,56

597,68

351,65

-

-

-

-

-

-

-

949,33

-

75

JUNTA DE ANDALUCÍA.- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE

PINOS PUENTE

35

9001

-

Acequia

1,41

23,01

14,14

-

-

-

-

-

-

-

-

-

76

SUSANA VILLODRES EXTREMERA

PINOS PUENTE

35

14

Loma del Conejo

Olivar regadío

99,79

1.393,74

965,90

292,62

-

-

-

30

57,46

-

-

21,00

77

AYUNTAMIENTO DE PINOS PUENTE

PINOS PUENTE

35

9006

-

Camino

12,00

182,00

431,41

16,44

-

-

-

-

-

-

-

-

89

AYUNTAMIENTO DE PINOS PUENTE

PINOS PUENTE

37

9011

-

Camino- vereda de Bracana

11,35

188,82

106,29

-

-

-

-

-

-

-

-

-

95

AURELIO EXTREMERA AGUILERA

ÍLLORA

16

183

Lomas de Taura

Labor secano

55,65

162,83

172,37

260,82

-

-

-

37

37,82

-

-

148,00

Granada, 5 de noviembre de 2024.- El Delegado Territorial, Gumersindo Fernández Casas.

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