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Documento BOE-B-2024-4786

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental por el que se publica la resolución del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el Proyecto de Trazado "Humanización de la travesía N-340A a su paso por La Curva, Adra. Provincia de Almería". Obra clave: 33-AL-4880.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2024, páginas 7031 a 7032 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2024-4786

TEXTO

Con fecha 11 de diciembre de 2023, el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por delegación del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, en virtud de la Orden TMA/1007/2021, modificada por Orden TMA/355/2023, de 10 de abril, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias, conforme a lo dispuesto en la Disposición Final 2ª, Disposición Transitoria Única y el art. 7.2 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, ha resuelto:

"1. Aprobar el Expediente de Información Pública y, definitivamente, el proyecto de trazado "Humanización de la travesía N-340A a su paso por La Curva, Adra. Provincia de Almería" con un presupuesto estimado Base de Licitación (IVA incluido) de 4.463.689,54 €, con las siguientes prescripciones que son resultado de la admisión de alegaciones presentadas en el procedimiento de información pública y que deberán incluirse en el proyecto de construcción a redactar:

1.1. Se aumentará la capacidad portante del pavimento transitable en la acera existente en el pk 0+100 md (junto a taller Neumáticos Coines), de forma que tenga capacidad estructural suficiente para los vehículos pesados que acceden a dicho taller. Se eliminarán los aparcamientos en dicha zona.

1.2. Se aumentará la capacidad portante del pavimento transitable en la acera existente en el pk 0+300 md (junto a nave Caridul), de forma que tenga capacidad estructural suficiente para los vehículos pesados que acceden a dicho taller. También se eliminarán los aparcamientos en dicha zona.

1.3. Las zonas de aparcamiento, carga y descarga y vados se establecerán según lo indicado por el Ayuntamiento de Adra.

1.4. Se analizará la posibilidad de conectar la red de pluviales de la travesía con el ramal existente de diámetro 1.000mm existente en la margen derecha (pk 0+280) evitando el vertido al colector de diámetro 700 ubicado en la calle Calar Alto. Se contactará con la empresa Hidralia, concesionaria del servicio de abastecimiento y saneamiento de agua municipal, para comprobar la idoneidad de la solución que se proyecte.

1.5. En el anejo de Servicios Afectados, se incluirán y seguirán las instrucciones proporcionadas por telefónica para las actuaciones que afecten a los elementos de su red.

1.6. En todo caso, se contactará nuevamente con los organismos afectados y empresas titulares de servicios públicos, a fin de confirmar las afecciones a infraestructuras e instalaciones y proyectar, en su caso, todas las reposiciones necesarias, incorporando su adecuada valoración económica del proyecto.

2. Ordenar que se redacte un proyecto de construcción de forma que se cumplimente las prescripciones expuestas anteriormente.

3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado."

La aprobación definitiva implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.2 de la vigente Ley 37/2015, de Carreteras, y en la Ley, de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c y 114.2.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

A tenor de lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación en los boletines oficiales servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero.

Granada, 6 de febrero de 2024.- La Jefa de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, María José Martínez Tirado.

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