De conformidad con lo dispuesto en los artículos 113.8 y 152.8 del Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, la Demarcación de Costas en Cantabria hace público que, en un plazo de veinte (20) días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de este anuncio, las personas interesadas podrán solicitar el otorgamiento de autorizaciones para servicios de temporada en playas de Cantabria cuya gestión no ha sido solicitada por los ayuntamientos.
El acuerdo que define la relación de servicios y bases del procedimiento podrá consultarse en la siguiente dirección web:
https://www.miteco.gob.es/es/costas/participacion-publica/39-aut10-24-39-0001.html
Durante este trámite también se podrán presentar las alegaciones o sugerencias que se estimen pertinentes por parte de cualquier interesado.
Las solicitudes incluirán un escrito de presentación, acompañado de sobre cerrado que contendrá los documentos establecidos en las bases de la convocatoria.
Las solicitudes y alegaciones deberán presentarse en las oficinas de la Demarcación de Costas en Cantabria, o en los demás registros contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en este último caso, deberá anunciarse la presentación a la Demarcación de Costas en Cantabria, a través de correo electrónico (buzon-dccantabria@miteco.es), señalando la fecha y el lugar de presentación.
Santander, 9 de febrero de 2024.- El Jefe de la Demarcación de Costas en Cantabria, José Antonio Osorio Manso.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid