Con fecha 12 de febrero de 2024, el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por delegación de la Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, en virtud de la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, modificada por la Orden TMA/355/2023, de 10 de abril, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias, conforme a lo dispuesto en la Disposición Final 2.ª, Disposición Transitoria Única y art. 7.2 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, ha resuelto aprobar expediente de información pública y definitivamente el Proyecto de Trazado "Mejora del entorno urbano de la travesía de Torreperogil en la N-322 del P.K. 154+180 al P.K. 155+300. Provincia de Jaén" Obra clave: 33-J-4630; siendo la parte dispositiva de la resolución la siguiente:
"1. APROBAR el Expediente de Información Pública y, definitivamente, el proyecto de trazado "Mejora del entorno urbano de la travesía de Torreperogil en la N-322 del P.K. 154+180 al P.K. 155+300. Provincia de Jaén" con un presupuesto estimado Base de Licitación (IVA incluido) de 2.689.542,72 €, con las siguientes prescripciones que son resultado de la admisión de alegaciones presentadas en el procedimiento de información pública y que deberán incluirse en el proyecto de construcción a redactar:
1.1 El Proyecto de Construcción incluirá, en su Memoria, la justificación de su consideración como proyecto de "Humanización. Mejora de travesías" e incluirá el anejo de Integración Ambiental donde se recogerá una mención expresa al cumplimiento de cada uno de los seis objetivos medioambientales incluidos en el DNSH.
1.2 La reposición de tuberías de abastecimiento debe diseñarse con un diámetro mínimo de 80 mm si son de fundición dúctil y de 90 mm si son de polietileno.
1.3 La reposición de tuberías de saneamiento debe diseñarse de PVC SN8 con diámetros mínimos de 315 mm en tuberías y de 200 mm en acometidas, estando proscritas las tuberías de hormigón armado (HA) y de polietileno expandido de alta densidad (PEAD).
1.4 El Proyecto de Construcción incluirá partidas de excavación manual para localización de acometidas en las inmediaciones de viviendas y locales sin registros visibles así como detalles en los planos de las obras a realizar.
1.5 El proyecto de Construcción debe incluir el documento "Extracto de Normas Técnicas para la instalación de conducciones y acometidas de abastecimiento de agua y alcantarillado", perteneciente a Sociedad Mixta del Agua-Jaén (SOMASAJA).
1.6 En el caso de ser necesario la reposición de acometidas, se deberán dotar del registro correspondiente, conforme a las normas de SOMAJASA.
1.7 Durante la redacción del proyecto de construcción se contactará con Telefónica de España, S.A.U. para, siguiendo el procedimiento "Peticiones sobre Elementos de Planta Exterior (Instrucciones para Organismo Oficiales)" correspondiente a dicha compañía, recabar la validación de la solución propuesta y su valoración económica, Igualmente, se indicará que se cumplirán las prescripciones técnicas y reglamentarias establecidas en la legislación aplicable a las instalaciones de la red de telecomunicaciones afectada de la que es titular Telefónica.
1.8 Antes de la aprobación del Proyecto, se contactará con la Diputación de Jaén para solicitar informe favorable por las actuaciones a realizar en la Carreteras de Sabiote (JA-6106), en el tramo previo a la intersección con la nueva glorieta a ejecutar en PK 154+790 de la carretera N-322.
1.9 En todo caso, se contactará nuevamente con los organismos afectados y empresas titulares de servicios públicos, a fin de confirmar las afecciones a infraestructuras e instalaciones y proyectar, en su caso, todas las reposiciones necesarias, incorporando su adecuada valoración económica del proyecto.
2. ORDENAR que se redacte un proyecto de construcción de forma que se cumplimente las prescripciones expuestas anteriormente.
3. ORDENAR que la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. ORDENAR que la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado."
La aprobación definitiva implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.2 de la vigente Ley 37/2015, de Carreteras, y en la Ley, de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
La resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c y 114.2 b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
A tenor de lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación en los boletines oficiales servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero.
Granada, 14 de febrero de 2024.- La Jefa de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, María José Martínez Tirado.
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