Examinado el expediente incoado a instancia de Bodegas Briones Baniandrés, S.L. (B09380791) solicitando concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Pedrosa de Duero (Burgos), por un volumen máximo anual de 2.599 m³, un caudal máximo instantáneo de 0,84 l/s, y un caudal medio equivalente de 0,082 l/s, con destino a uso industrial, la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, en virtud de la competencia otorgada por el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y de acuerdo con el vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, con fecha 14 de febrero de 2024, lo siguiente:
Anular la inscripción que consta en la Sección B del Registro de Aguas a nombre de D. José Luis Briones Tamayo y D.ª Amparo Beniandres Arroyo con referencia IP-3694/2006-BU.
Otorgar la concesión de aguas subterráneas, de acuerdo con las características y condiciones que figuran en la resolución del expediente referenciado, y cuyas características del derecho son:
Titular: Bodegas Briones Baniandrés, S.L. (B09380791)
Tipo de uso: Uso industrial (suministro a bodega).
Uso consuntivo: Sí
Volumen máximo anual (m³): 2.599
Caudal máximo instantáneo (l/s): 0,84
Caudal medio equivalente (l/s): 0,082
Procedencia de las aguas: Masa de agua subterránea 400030- Aranda de Duero
Plazo por el que se otorga: 25 años desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución de Concesión administrativa.
Observación: Se procederá, en el plazo de dos (2) meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, a sellar debida y completamente la captación, ubicada en la parcela 16 del polígono 506 del término municipal de Pedrosa de Duero (Burgos), relativa al aprovechamiento de referencia IP-3694/2006-BU, con material inerte, de tal forma que no quede alterado el flujo subterráneo en el entorno del mismo y se procederá a la retirada de todos los materiales eléctricos y mecánicos para su reciclado, utilización o traslado a un vertedero autorizado. Las obras de sellado deberán realizarse con el fin de preservar la seguridad, evitar la entrada de contaminantes a las aguas subterráneas y la posible detracción de aguas con posterioridad al sellado de la captación, siguiendo los criterios establecidos el anexo III, parte B del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y se garantizará que la consolidación de los materiales de relleno no origine depresiones significativas en el terreno, según establece el artículo 188 bis del citado Reglamento.
Título que ampara el derecho: La presente Resolución de Concesión Administrativa.
El contenido íntegro de la resolución de concesión puede conocerse accediendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivado en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Web www.chduero.es (Inicio\Portal del Ciudadano\Información al público\Resoluciones de Concesión).
Valladolid, 14 de febrero de 2024.- El Jefe del Servicio de Aguas Subterráneas, José Ignacio Santillán Ibáñez.
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