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Documento BOE-B-2024-5929

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la instalación denominada «Línea de Interconexión de Granada Solar 165» en el término municipal de Cacín (Granada).

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 20 de febrero de 2024, páginas 8698 a 8702 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2024-5929

TEXTO

En relación con dicho asunto consta en el expediente (E-4640; 14116/AT) los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 6 de noviembre de 2023, por parte de la entidad DESARROLLOS FOTOVOLTAICOS IBÉRICOS 28, S.L.U., con CIF nº B88171376 y domicilio social en la calle Velázquez nº4 – 1º de Madrid, se presentó escrito y otra documentación solicitando la declaración, en concreto, de la utilidad pública respecto de la instalación eléctrica correspondiente a la «línea de interconexión de la Planta Solar Fotovoltaica "Granada Solar 165"», en el término municipal de Cacín (Granada).

SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se remitieron las respectivas separatas del proyecto, solicitando informe, a las siguientes entidades y empresas de servicios de interés general afectados: Ayuntamiento de Cacín, Entidad Local Autónoma El Turro, Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Diputación Provincial de Granada, Delegaciones Territoriales de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, la de Cultura y Deporte y la de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada, E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., Ecologistas en Acción y Sociedad Española de Ornitología Birdlife. Emitidas contestaciones con los correspondientes condicionados, fueron remitidas a la peticionaria y, en su caso, transcurridos treinta días sin contestación, se entiende que no existe impedimento para la declaración, en concreto, de la utilidad pública.

TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado de fecha 23 de noviembre de 2023, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de fecha 29 de noviembre de 2023 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de 28 de noviembre de 2023. Del mismo modo, se publicó en el diario Granada Hoy el día 23 de noviembre de 2023, se expuso en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cacín por el plazo establecido y se publicó el anuncio y su memoria en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. Durante dicho periodo, salvo error u omisión, no consta que se hayan recibido alegaciones.

CUARTO.- Con fecha 23 de enero del corriente se ha dictado por esta Delegación Territorial resolución concediendo la correspondiente autorización administrativa previa y de construcción para la «Modificación de la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de la instalación denominada "Planta fotovoltaica Granada Solar 165", en el término municipal de El Turro-Cacín, en la provincia de Granada».

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1a.) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (en su redacción vigente dada por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto); así como, en la Orden de 20 de junio de 2023, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería, cuya disposición quinta delega en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, en sus respectivos ámbitos «7. En materia de expropiación forzosa, la tramitación y resolución de los procedimientos de expropiación forzosa, en todas sus fases, cuando la expropiación afecte a bienes situados en una sola provincia». Por lo cual, esta resolución se entenderá dictada por la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas.

SEGUNDO.- El procedimiento para la declaración, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas se encuentra regulado en el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, antes citado. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.1 la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, «la declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa». El número siguiente continúa estableciendo que «Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública».

TERCERO.- Respecto de la servidumbre de paso, el artículo 57 de la Ley 24/2013 establece lo siguiente: «1. La servidumbre de paso de energía eléctrica tendrá la consideración de servidumbre legal, gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determinan en la presente ley y se regirá por lo dispuesto en la misma, en sus disposiciones de desarrollo y en la legislación mencionada en el artículo anterior, así como en la legislación especial aplicable. 2. La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 3. La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 4. Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario».

Por todo lo cual y, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación

RESUELVO

PRIMERO.- Declarar, en concreto, de utilidad pública, la instalación eléctrica promovida por la entidad DESARROLLOS FOTOVOLTAICOS IBÉRICOS 28, S.L.U., correspondiente a la «línea de interconexión de la Planta Solar Fotovoltaica Granada Solar 165», en el término municipal de Cacín (Granada), según se describe en el Antecedente de Hecho Primero y, respecto de los bienes y derechos descritos en el listado Anexo, con las siguientes condiciones:

1ª. Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes servidumbres de paso.

2ª. Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.

3ª. En cualquier momento, el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los bienes y derechos necesarios, la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.

SEGUNDO.- Ordenar la notificación de la presente resolución al solicitante, a las Administraciones u organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general que informaron o debieron informar durante su tramitación, a los titulares de bienes y derechos afectados y a los restantes interesados en el expediente, así como, su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada. Tales publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respecto de aquellos interesados que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la misma no se hubiera podido practicar.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía. Igualmente, podrá presentarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

ANEXO: Relación de bienes y derechos afectados por la declaración, en concreto, de utilidad pública de la actuación denominada «LÍNEA SUBTERRÁNEA DE INTERCONEXIÓN DE MEDIA TENSIÓN 30 KV DEL PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO GRANADA SOLAR 165 EN LA PROVINCIA DE GRANADA», en el término municipal de Cacín (Granada). Expediente: E-4640 – 14116/AT

PROPIETARIO

TÉRMINO MUNICIPAL

POL

PARC

REF. CATASTRAL

PARAJE

USOS

LONGITUD SERV. SUBT. (m)

SUPERFICIE SERV. SUBT. (m²)

ARQUETAS /CAM. EMP.

SUPERFICIE ARQ./CAM. EMP. (m²)

OCUPACIÓN TEMPORAL (m²)

OCUPACIÓN TEMPORAL (días)

1

ARJISUR, TRANSPORTES DEL SUR 2013

CACÍN

004

00125

18035A004001250000QT

EL TURRO

Olivos regadío, Encinar, Pinar maderable, Matorral

1.003,20

507,11

10

5

3.978,73

20

2

AYUNTAMIENTO DE CACÍN

CACÍN

004

09004

18035A004090040000QE

EL TURRO

Vía de comunicación de dominio público

22,23

11,12

-

-

85,82

20

3

ARJISUR, TRANSPORTES DEL SUR 2013

CACÍN

004

00128

18035A004001280000QO

EL TURRO

Olivos regadío, Pinar maderable, Pastos

14,76

7,38

1

0,5

59,03

20

4

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIOAMBIENTE

CACÍN

004

00139

18035A004001390000QS

EL TURRO

Pinar maderable

4,31

2,16

-

-

17,27

20

5

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIOAMBIENTE

CACÍN

004

00121

18035A004001210000QG

EL TURRO

Pinar maderable

-

-

-

-

4,25

20

6

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIOAMBIENTE

CACÍN

004

09002

18035A004090020000QI

EL TURRO

Vía de comunicación de dominio público

5,40

2,67

-

-

21,64

20

7

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIOAMBIENTE

CACÍN

004

00137

18035A004001370000QJ

EL TURRO

Pinar maderable

18,92

9,46

1

0,5

75,65

20

8

ARJISUR, TRANSPORTES DEL SUR 2013

CACÍN

004

00127

18035A004001270000QM

EL TURRO

Olivos regadío, Matorral, Pastos

199,32

99,66

1

0,5

797,32

20

9

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIOAMBIENTE

CACÍN

002

09015

18035A002090150000QX

EL TURRO

Hidrografía natural (río,laguna,arroyo.)

19,47

9,62

-

-

78,01

20

10

CUBEROS GÁMIZ ANTONIO

CACÍN

002

00014

18035A002000140000QF

EL TURRO

Olivos regadío, Pastos

119,00

61,02

2

1

468,92

20

11

CUBEROS GÁMIZ ANTONIO

CACÍN

002

00012

18035A002000120000QL

EL TURRO

Encinar, Olivos secano, Matorral, Olivos regadío, Pastos, Improductivo

105,33

52,67

1

0,5

421,29

20

12

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIOAMBIENTE

CACÍN

002

09011

18035A002090110000QO

EL TURRO

Hidrografía natural (río,laguna,arroyo.)

11,76

5,92

-

-

46,31

20

13

SILES LEYVA AMPARO CONCEPCIÓN SILES LEYVA VÍCTOR MARIO

SILES MARTÍN MARÍA INMACULADA CONCEPCIÓN

SILES MARTÍN MANUEL EDUARDO

CACÍN

002

00010

18035A002000100000QQ

EL TURRO

Olivos regadío, Hidrografía natural (río,laguna,arroyo.), Pastos, Matorral, Improductivo

1.545,16

772,58

20

10

6.180,55

20

14

ARROYO LÓPEZ ANTONIO

CACÍN

002

00035

18035A002000350000QA

EL TURRO

Olivos regadío, Matorral

309,89

154,93

3

1,5

1.248,77

20

15

DELEG PROV DE LA VIVIENDA EN GRANADA-MINISTERIO DE OBRAS PUBLI

CACÍN

002

09001

18035A002090010000QG

EL TURRO

Vía de comunicación de dominio público

131,00

65,25

4

2

489,81

20

16

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIOAMBIENTE

CACÍN

002

09014

18035A002090140000QD

EL TURRO

Hidrografía natural (río,laguna,arroyo.)

-

0,26

-

-

20,69

20

17

ARJISUR, TRANSPORTES DEL SUR 2013

CACÍN

002

00019

18035A002000190000QD

EL TURRO

Olivos regadío, Matorral, Pastos

-

-

-

-

2,06

20

18

ARJISUR, TRANSPORTES DEL SUR 2013

CACÍN

002

00020

18035A002000200000QK

EL TURRO

Olivos regadío, Matorral, Pastos

60,72

30,44

1

0,5

243,08

20

19

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIOAMBIENTE

CACÍN

002

00046

18035A002000460000QF

EL TURRO

Pinar maderable

14,89

7,44

-

-

59,56

20

20

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIOAMBIENTE

CACÍN

002

09002

18035A002090020000QQ

EL TURRO

Vía de comunicación de dominio público

8,00

4,00

-

-

31,97

20

21

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIOAMBIENTE

CACÍN

002

00018

18035A002000180000QR

EL TURRO

Pinar maderable

2,97

1,49

-

-

12,75

20

22

AYUNTAMIENTO DE CACÍN

CACÍN

002

09004

18035A002090040000QL

EL TURRO

Vía de comunicación de dominio público

104,32

52,15

5

2,5

386,03

20

23

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDIOAMBIENTE

CACÍN

002

00034

18035A002000340000QW

EL TURRO

Labor o labradío regadío

11,88

5,94

-

-

46,77

20

24

ARJISUR, TRANSPORTES DEL SUR 2013

CACÍN

002

00027

18035A002000270000QS

EL TURRO

Almendro secano, Espartizal o atochar, Labor o Labradío secano, Matorral, Pastos, Encinar, Olivos regadío

237,78

149,05

1

0,5

965,98

20

25

ARJISUR, TRANSPORTES DEL SUR 2013

CACÍN

002

00026

18035A002000260000QE

EL TURRO

Almendro secano, Espartizal o atochar, Labor o Labradío secano

15,00

7,50

-

-

59,90

20

26

AYUNTAMIENTO DE CACÍN

CACÍN

002

09005

18035A002090050000QT

EL TURRO

Vía de comunicación de dominio público

5,00

4,00

-

-

20,00

20

27

ARJISUR, TRANSPORTES DEL SUR 2013

CACÍN

002

00029

18035A002000290000QU

EL TURRO

Labor o Labradío secano, Espartizal o atochar, Almendro secano, Improductivo

164,00

126,19

2

1

661,14

20

28

ARJISUR, TRANSPORTES DEL SUR 2013

CACÍN

002

00032

18035A002000320000QU

EL TURRO

Labor o Labradío secano

361,72

290,24

5

2,5

1.446,05

20

29

AYUNTAMIENTO DE CACÍN

CACÍN

002

09007

18035A002090070000QM

EL TURRO

Vía de comunicación de dominio público

5,00

4,00

-

-

20,00

20

30

ARJISUR, TRANSPORTES DEL SUR 2013

CACÍN

002

00031

18035A002000310000QZ

EL TURRO

Labor o Labradío secano

235,66

188,53

9

4,5

942,64

20

Granada, 1 de febrero de 2024.- El Delegado Territorial, Gumersindo Carlos Fernández Casas.

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