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Documento BOE-B-2024-6854

Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia el depósito de la desvinculación de la organización sindical denominada ASOCIACIÓN DEL COLECTIVO PROFESIONAL DE BANKIA, en siglas ACB-BANKIA, con número de depósito 99005559 (antiguo número de depósito 9061), de la organización sindical denominada FEDERACIÓN INDEPENDIENTE BANCARIA, en siglas F.I.B. ,con número de depósito 99106116.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 27 de febrero de 2024, páginas 10149 a 10149 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2024-6854

TEXTO

Ha sido admitida la desvinculación al comprobarse que reúnen los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de desvinculación fue formulada por D. Francisco Anastasio Egea Franco mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2024/000336.

La Asamblea General de la organización sindical denominada ASOCIACIÓN DEL COLECTIVO PROFESIONAL DE BANKIA, en siglas ACB-BANKIA, celebrada el 17 de noviembre de 2023 acordó por unanimidad la desvinculación de la organización sindical denominada FEDERACIÓN INDEPENDIENTE BANCARIA, en siglas F.I.B., siendo dicho acuerdo comunicado a la organización sindical de la que se desvincula. El certificado que recoge el acuerdo adoptado en la Asamblea General está suscrito por Dña. María Asunción Figueroa Sánchez en calidad de Secretaria General y por D. Jorge Terrasa Sales en calidad de Presidente.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 19 de febrero de 2024, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 499/2020, de 28 de abril y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.

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