BDNS(Identif.):738615
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/738615)
Primero. Beneficiarios
1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas, jurídicas, y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, en los términos del artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, propietarias, inquilinas o aquellas que ostenten algún derecho de uso sobre los inmuebles. También podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes y las comunidades de propietarios en edificios con régimen de propiedad horizontal.
2. Los beneficiarios deberán estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social, y cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de subvenciones.
Segundo. Objeto
El objeto es convocar para la anualidad de 2024, a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, subvenciones a fondo perdido para las personas promotoras de actuaciones destinadas a la rehabilitación de los elementos especiales de madera y rejas y al mantenimiento de la envolvente exterior de los edificios y viviendas de la ciudad histórica de Santiago de Compostela.
Tercero. Requisitos de los inmuebles
Los inmuebles en los que se realicen las obras objeto de subvención al amparo de estas bases deben reunir los siguientes requisitos:
- Localizarse en el ámbito del Plan Especial de Protección y Rehabilitación de la Ciudad Histórica (PE.1).
- Condiciones suficientes de seguridad estructural y de estanquidad frente a la lluvia, excepto que en la intervención propuesta se incluyan los trabajos para conseguir estas condiciones.
- Antigüedad superior a 10 años.
- Estar destinados al uso de vivienda, comercial en clases I y III, oficinas, industrial, socio-cultural, asistencial e institucional, según la definición establecida en el Capítulo III del Título VI de la Normativa Urbanística del Plan Especial de Protección y Rehabilitación de la Ciudad Histórica.
Se entenderá que un edificio está destinado al uso de vivienda si, como mínimo, los 2/3 de su superficie útil, excluidas la planta baja y las plantas sótano, están destinados a ese uso.
Cuarto: Cuantía
Esta subvención se imputa al crédito presupuestario de 2024 del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela con un importe que asciende a ochocientos mil euros (800.000 euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de UN MES a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el BOE. Para el caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera inhábil o sábado, el plazo se prorrogaría hasta el siguiente día hábil.
Santiago de Compostela, 15 de diciembre de 2023.- Belén Hernández Lafuente Gerente del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid