Con fecha 29 de febrero de 2024, el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por delegación del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible (OM TMA/1007/2021, modificada por la O.M TMA/355/2023; DF 2ª, DT única y art. 7.2 del RD 829/2023) ha resuelto lo siguiente:
"1.-APROBAR el Expediente de Información Pública y, definitivamente, el proyecto de trazado Humanización de la travesía de El Cuervo (Sevilla) en la carretera N-4 entre los PP.KK. 613+850 y 616+010. TT.MM. de El Cuervo y Jerez. Provincia de Sevilla" con un presupuesto estimado Base de Licitación (IVA incluido) de 2.764.429,85 €, con las prescripciones que son resultado de la admisión de alegaciones presentadas en el procedimiento de información pública y que deberán incluirse en el proyecto de construcción a redactar:
1.1. -Previo al inicio de las obras se deberá informar a Aguas del Huesna, localizándose las redes mediante catas y se remitirá a los técnicos competentes del organismo los posibles desvíos que se deban ejecutar. Las características de las redes serán las recogidas en las Normativas Técnicas Reguladoras de los Servicios de Abastecimiento y Saneamiento del Consorcio del Huesna, vigentes en el momento de la ejecución de las obras.
1.2.-Los posibles cruces de otras conducciones con las redes de abastecimiento y saneamiento afectadas deberán hacerse de forma que los ejes longitudinales de ambas conducciones intersecten ortogonalmente y cumplirán la Normativa Técnica, publicada en el 13/02/02 de Aguas del Huesna.
1.3.-El proyecto de construcción contemplará la instalación en la zona de la rotonda de acceso desde la Ctra. de Lebrija, las redes propuestas en PEØ110mm., FDØ150mm. y FDØ300mm., incluyendo los diferentes elementos dispuestos en las mismas según la información remitida por Aguas del Huesna en el trámite de Información Pública.
1.4.-La red de saneamiento proyectada deberá tener capacidad suficiente para aceptar con seguridad las necesidades del desarrollo de la humanización de la travesía.
1.5.-Se consensuará con Aguas del Huesna la solución para sistema de drenaje para el acerado.
1.6.-La reposición de las líneas subterráneas de E-Distribución deberá ser de hormigón, sobre todo si la canalización es un cruce de calle o discurre por asfalto.
1.7.-Para su correcta revisión o acceso en caso de avería, las arquetas de EDistribución no quedarán ocultas.
1.8.-Se garantizarán los accesos a todas las propiedades afectadas tanto durante las obras como una vez terminadas.
2.- ORDENAR que se redacte un proyecto de construcción de forma que se cumplimente las prescripciones expuestas anteriormente.
3.- ORDENAR que la Demarcación de Carreteras del Estado en Sevilla dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.- ORDENAR que la Demarcación de Carreteras del Estado en Sevilla lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado."
De acuerdo con el artículo 7.2 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, se crea la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible como órgano superior del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y teniendo en cuenta, por un lado, que la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha sido suprimida por la disposición final primera de dicho real decreto, y, además, que la disposición final segunda indica que las referencias a los órganos que, por este real decreto, se suprimen se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, se crean y los sustituyen o asumen sus competencias, la competencia para resolver este expediente que correspondía, antes de su extinción, a la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, pasa a corresponder a la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Sevilla, 12 de marzo de 2024.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Marcos Martín Gómez.
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