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Documento BOE-J-2024-263360

CORUÑA (A). Edicto de 6 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 49/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 113, de 9 de mayo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - A CORUÑA
Referencia:
BOE-J-2024-263360

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de A Coruña

Dirección: Calle CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Localidad: Coruña (A)

Código Postal: 15007

Provincia: A Coruña

Teléfono: 981182166

Correo electrónico: mercantil1.coruna@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 49/2023

NIG: 1503047120230000306

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 23/04/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de Ricardo Miranda Pintandi con DNI 33529015Y

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

HAGO SABER:

Que en este órgano judicial se tramita la SECCIÓN I - DE DECLARACIÓN - DEL CONCURSO 49/2023-C en el que por auto de fecha 23/04/2024 se ha acordado:

1.- Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa, del concurso de acreedores de RICARDO MIRANDA PINTALDI, con DNI 33529015-Y, y domicilio en la Calle Honduras, 20, 1º Derecha, 15011, A Coruña. Con los efectos legales inherentes.

De conformidad con el art. 484 TRLC, el deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos insatisfechos. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

2.- Puesto que el Auto de declaración de concurso sin masa únicamente ordenó la publicación del edicto en el tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal, es procedente acordar en esta resolución que se expidan los despachos correspondientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 36 TRLC, que serán entregados a la representación procesal del concursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos registrales legalmente previstos.

3.- La resolución que acuerde la conclusión del procedimiento se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, lo que se hará por la Oficina Judicial en el Tablón Edictal Judicial Único.

Coruña (A), 6 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, VICTOR LOPEZ SANCHEZ

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