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Documento BOE-J-2024-263732

PAMPLONA/IRUÑA. Edicto de 6 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 138/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 113, de 9 de mayo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - NAVARRA
Referencia:
BOE-J-2024-263732

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Pamplona/Iruña

Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1 4

Localidad: Pamplona/Iruña

Código Postal: 31011

Provincia: Navarra

Teléfono: 848426823

Correo electrónico: juzgado.mercantil2@navarra.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 138/2024

NIG: 3120147120240000195

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 30/04/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

El juzgado de lo Mercantil Nº2 de Pamplona/Iruña

ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000138/2024 referente al concursado TRINQUETE COCINA DE HORTAL S.L. con CIF B71335004, con domicilio en Tudela - Navarra por auto de fecha 30 de abril del 2024 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice asi:

PARTE DISPOSITIVA

1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la mercantil TRINQUETE COCINA DE HORTAL S.L., con CIF.: B71335004 y archivo del presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración del concurso sin perjuicio de su posible reapertura.

2º.- La presente resolución es firme dado que no cabe interponer recurso alguno frente a ella por mor del artículo 481 del TRLC.

3º.- Se acuerda la extinción de la mercantil TRINQUETE COCINA DE HORTAL S.L., con CIF.: B71335004, ordenando el cierre provisional de la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al Tomo 1884, Folio 75, Hoja NA-37432. Transcurrido un año sin la reapertura del concurso, se procederá al cierre definitivo de la hoja registral y a la cancelación de la inscripción.

A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.

4º.- Notifíquese a las mismas personas a las que se notificó el Auto de declaración del concurso del artículo 37 bis y remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el Real Decreto 327/2021, de 11 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial “Boletín Oficial del Estado”, para su publicación electrónica en el TEJU, y en el Registro Público Concursal

5º.- Líbrese exhorto al Juzgado Decano de Pamplona, a fin de que ponga en conocimiento de todos los juzgados de 1ª Instancia y Social, la conclusión del presente concurso.

6º.- La presente resolución es FIRME y contra ella no cabe interponer recurso (artículo 481.1 TRLC)

Así lo acuerda y firma S.Sª. Iltma. de lo que yo, la Letrado de la Administración de Justicia, doy fe.

Pamplona/Iruña, 6 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AIDA GONZALEZ ARCE

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