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Documento BOE-J-2024-264837

SEVILLA. Edicto de 6 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 707/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 113, de 9 de mayo de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2024-264837

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla

Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41014

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955189374

Correo electrónico: JMercantil.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 707/2023

NIG: 4109142120230053083

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 03/04/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: quince dias

DESTINATARIOS

DARIO GARCIA ROMERO - NIF/NIE: ***4079**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Declaro en concurso a Dario Garcia Romero.

2.- El concurso tendrá la consideración de voluntario.

3.- Acuerdo dejar en suspenso las facultades de administración y disposición de la persona concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Capítulo II del Título VIII del Libro I del Texto Refundido de la Ley Concursal.

4.- Nombro administración concursal a DÑA. MERCEDES CARRERA ESTEPA, con numero de teléfono 655670324 y correo electrónico mercedes@mc-juridico.es.

5.- Acuerdo la apertura de la fase común y de la fase de liquidación.

6.- Acuerdo llamar a los acreedores de la concursada para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La comunicación habrá de realizarse directamente a la administración concursal en el modo previsto en el artículo 256 del Texto Refundido de la Ley Concursal, no siendo válidas las comunicaciones dirigidas al Juzgado.

7.- Acuerdo dar audiencia a la administración concursal por plazo de diez días naturales respecto de la procedencia de establecer reglas especiales de liquidación.

8.- Requiero a la administración concursal para que, CADA TRES MESES, a contar desde este auto, presente un informe sobre el estado de las operaciones de liquidación, con el contenido y estructura especificados en el fundamento de derecho quinto de esta resolución.

9.- Acuerdo insertar esta resolución en el Registro Público Concursal y anunciar la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, debiendo publicarse en el mismo un extracto con las menciones contenidas en el artículo 35.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

A tal efecto, una vez aceptado el cargo por la administración concursal, deberá remitirse al Boletín Oficial del Estado y al Registro público concursal el edicto relativo a la declaración de concurso, redactado en el modelo oficial para que sea publicado con la mayor urgencia.

10.- Anótese preventivamente esta resolución en el Registro Mercantil, librándose mandamiento que deberá incorporar, además, los datos relativos a los bienes inscritos en el Registro de la Propiedad, el Registro de Bienes Muebles o en cualquier otro registro público de bienes competente.

A tal efecto, requiero a la parte solicitante para que, en el plazo de CINCO DIAS, remita por correo electrónico a la dirección Mercantil2.sevilla.ius@juntadeandalucia.es, documento en formato word que contenga una relación concisa de las fincas descritas, en la que aparezcan los siguientes datos: número de finca registral, Tomo, libro, folio y Registro de la Propiedad a que pertenece. En el asunto del correo electrónico deberá indicarse el número del procedimiento.

Firme que sea esta resolución, líbrese mandamiento al Registro Mercantil expresando tal circunstancia para se proceda a la conversión de la anotación preventiva en inscripción.

11.- Si no fuera posible el traslado telemático de los oficios con los edictos o de los mandamientos, entréguense al Procurador de la solicitante del concurso, debiendo acreditar su cumplimentación en el plazo de diez días.

12.- Acuerdo formar las secciones primera (que se encabezará con la solicitud y todos los documentos que la acompañaren), segunda a quinta (que se encabezarán con testimonio de este auto) del concurso.

13.- Notifíquese esta resolución a la parte solicitante, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la Tesorería General de la Seguridad Social, a las partes personadas y, en su caso, a la representación legal de las personas trabajadoras, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles (contados, para el deudor, desde el siguiente de la notificación, y para los demás legitimados, desde la publicación del extracto de la declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado) y expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso (artículos 545 y 546 del Texto Refundido de la Ley Concursal y 451 y 452 Ley de Enjuiciamiento Civil).

Contra el pronunciamiento que acuerda la apertura de la liquidación cabe interponer recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de SEVILLA (artículos 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 409.3 y 548 del Texto Refundido de la Ley Concursal). El recurso de apelación, que se tramitará de modo preferente, se interpondrá ante este juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de este auto (artículo 458.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Datos :Administración concursal Dña. Mª MERCEDES CARRERA ESTEPA con domicilio para comunicaciones en la localidad de Sevilla cp 41003 c/ Caños de Carmona núm. 9 Planta 3ª Oficina G y correo electrónico: mercedes@mc-juridico.es

Sevilla, 6 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE GARRIDO CAMPOS

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