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Documento BOE-J-2024-266470

CÓRDOBA. Edicto de 6 de mayo de 2024 en procedimiento civil número 100/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 113, de 9 de mayo de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - CÓRDOBA
Referencia:
BOE-J-2024-266470

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Córdoba

Dirección: Calle ISLA MALLORCA S/N

Localidad: Córdoba

Código Postal: 14011

Provincia: Córdoba

Teléfono: 957745095

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.2.Cordoba.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 100/2024

NIG: 1402142120240000527

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 22/03/2024

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: veinte dias

DESTINATARIOS

VERÓNICA CUEVAS FERMÍN - NIF/NIE: ****0900*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el procedimiento referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

REQUERIMIENTO JUDICIAL

Autoridad que acuerda el requerimiento: Letrado de la Administración de Justicia Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Córdoba.

Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado.

Persona a la que se requiere: VERONICA CUEVAS FERMIN con domicilio en CL HEROES DE CHERNOBYL, 2, BLOQUE 1 5ºB Córdoba (CÓRDOBA) España.

Orden que debe cumplir: Pagar a COM. DE PROP. HEROES CHERNOBYL Nº 2 la cantidad de 3.309,04 euros, debiendo acreditar ante este Juzgado haber realizado el pago.

En el caso de que realice el pago a través del Juzgado, debe ingresar el importe en la cuenta abierta con el número ES55-0049-3569-9200-0500-1274, debiendo poner en el concepto la siguiente numeración: 1437-0000-08-0100-24.

Plazo para el cumplimiento de lo ordenado: Veinte días hábiles, computados desde el siguiente a este requerimiento.

PREVENCIONES LEGALES

1.ª) En el mismo plazo de veinte días puede, en vez de pagar, comparecer ante el Juzgado y alegar de forma fundada y motivada, en escrito de oposición, las razones por las que, a su entender, no debe en todo o en parte la cantidad reclamada.

El escrito debe ir firmado por abogado/a y procurador/a si la cantidad reclamada excede de 2000 euros.

2.ª) Si en el referido plazo de veinte días no acredita en el Juzgado haber pagado al/a la acreedor/a, ni comparece en el Juzgado alegando las razones de su negativa al pago, se despachará ejecución contra sus bienes, si así lo solicita el/la acreedor/a (artículo 816 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil).

En Córdoba, en el día de la firma.

Córdoba, 6 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JESUS MARIA TORRES GARCIA

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