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Documento BOE-A-2018-12013

Resolución de 28 de junio de 2018, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Asociación Danza Down, para la realización de talleres relacionados con las artes escénicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 31 de agosto de 2018, páginas 86033 a 86041 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Referencia:
BOE-A-2018-12013

TEXTO ORIGINAL

El Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Danza Down han suscrito, con fecha 18 de junio de 2018, un Convenio para la realización de talleres relacionados con las artes escénicas, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 28 de junio de 2018.–La Secretaria General del Real Patronato sobre Discapacidad, María Pilar Díaz López.

ANEXO
Convenio entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Danza Down para la realización de talleres relacionados con las artes escénicas

En Madrid, a 18 de junio de 2018

REUNIDOS

De una parte, doña María Pilar Díaz López, Secretaria de Estado de Servicios Sociales nombrada por Real Decreto 405/2018, de 8 de junio («BOE» n.º 140, de 9 de junio), en calidad de Secretaria General del Real Patronato sobre Discapacidad, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2.del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, modificado por Real Decreto 1/2013, de 11 de enero.

Y de la otra, don Elías Lafuente Escrig, con DNI n.º 22679425-E, Presidente de la Asociación Danza Down, con CIF G84880012 y domicilio social en la C/ Albendiego n.º 26 (C/v c/ de la Costa Verde n.º 15) 2029-MADRID, nombrado en Acuerdo de la Asamblea Extraordinaria de Asociados de fecha 20 de abril de 2013, según consta en el Certificado de acta emitido por la entidad, y con poder para representarla tal y como se establece en el artículo 14 de sus Estatutos.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo de la Administración General del Estado, que tiene encomendada, entre otras funciones recogidas en el artículo 3 de su Estatuto, promover la aplicación de los derechos humanos, los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos a las acciones sobre discapacidad, facilitar la colaboración entre distintas instituciones, prestar apoyos a organismos en materia de estudios, investigación y desarrollo, información, documentación y formación, emitir dictámenes técnicos y recomendaciones y desarrollar actividades como órgano técnico de encuentro, reflexión, debate y propuesta, así como difundir y promover el más amplio conocimiento de la discapacidad.

Segundo.

Que la Asociación Danza Down tiene como fines primordiales entre otros, promover actividades propias o en colaboración que mejoren las condiciones de integración educativa, cultural, laboral o social de las personas con discapacidad, crear una estructura que permita la viabilidad de una compañía de Danza donde puedan desarrollar sus capacidades artísticas, y de esta manera completar su formación y su desarrollo intelectual, así como fomentar su rehabilitación e integración social y laboral.

Tercero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Danza Down reconocen que la realización de actividades conjuntas facilita la integración social de las personas con discapacidad, y eso un medio de sensibilizar a la sociedad, lo que favorece la rehabilitación y reinserción social de esta personas.

Este convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.

Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto la colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Danza Down para la realización de talleres relacionados con las artes escénicas, que se realizarán en Madrid en sábados por determinar, entre los meses de septiembre y noviembre de 2018.

La colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Danza Down, para ejecutar los talleres, se desarrollarán con las actuaciones expresadas en el Anexo unido a este acuerdo.

Segunda. Compromisos del Real Patronato sobre Discapacidad.

El Real Patronato sobre Discapacidad aportará:

– La coorganización de los talleres relacionados con las Artes Escénicas, tales como Música, Danza, Teatro,…etc. a través de la realización de distintas reuniones de trabajo con la Asociación así como la presencia en algunos de los talleres.

– Potenciar al máximo la enseñanza de las materias propuestas con los aspectos intrínsecamente relacionados con su práctica como la integración social, solidaridad, colaboración, compañerismo.

– La publicidad del evento, el asesoramiento, y participación del personal técnico del RPD, en la realización de los talleres

– Una aportación económica de tres mil euros (3.000,00€), con cargo a la aplicación 26.106.231F.226.06 del presupuesto de gastos del organismo para el año 2018, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este convenio, conforme figura en el Anexo.

En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica del Real Patronato sobre Discapacidad se efectuará una vez justificadas las actividades previstas mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gastos. El ingreso se realizará en la cuenta número IBAN ES27 2038 7133 9160 0021 8511 de Bankia

Dicho abono se efectuará contra certificado suscrito por el Director del Organismo, acreditativo de la realización de las actividades y de la recepción de conformidad de la justificación documental correspondiente.

Tercera. Compromisos de la Asociación Danza Down.

La Asociación Danza Down se compromete a colaborar en el objeto de este Convenio, a través de:

– La coorganización de los talleres relacionados con las Artes Escénicas, tales como Música, Danza, Teatro…

– La gestiones administrativa de las actividades.

– La cesión de su sede como lugar idóneo para la celebración de los talleres.

– Una aportación económica de mil trescientos euros (1.300,00€), destinada a cofinanciar las actividades previstas en el Anexo de este Convenio. La citada aportación económica se efectuará a medida que las actividades lo requieran y, en todo caso, deberá estar desembolsada en su totalidad antes de que finalicen los efectos del presente Convenio.

– Elaborar una nota de prensa con detalle de los trabajos realizados antes, durante o después del desarrollo de los talleres. Dicha nota se enviará al Real Patronato sobre Discapacidad, que podrá utilizarla en los medios de comunicación que considere oportunos para el cumplimiento de sus fines de difusión.

– Elaborar una Memoria Anual de las actuaciones desarrolladas objeto de este convenio, incluyendo las notas de prensa citadas anteriormente, de la cual se presentará un ejemplar.

– Justificar al Real Patronato sobre Discapacidad la totalidad de los gastos y pagos realizados.

Gastos: se remitirá una relación detallada de todos los gastos realizados indicando su naturaleza así como la cuantía total para cada tipo de gasto.

Deberán adjuntarse los originales de las facturas y/o documentos contables de valor probatorio equivalente justificativos del gasto realizado, y si se pidiese la devolución de los mismos, se deberá solicitar expresamente y, en este caso, adjuntar también fotocopias de los mismos.

Los gastos o los compromisos de gastos previstos, deberán realizarse desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio hasta la finalización de la actividad.

Pagos: Los pagos efectuados deberán justificarse en el plazo de un mes desde la recepción de la aportación correspondiente al Real Patronato sobre Discapacidad y antes del fin de la vigencia del convenio. El incumplimiento de este extremo conllevará la obligación de reintegro parcial o total de los fondos recibidos, así como el pago de intereses de demora que se devenguen desde el día en el que se realizó el pago hasta el momento en el que se acuerde la procedencia del reintegro.

El tipo de interés de demora aplicable será el que se estipula en el artículo 17 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

En todo caso, la aportación de la Memoria Anual de actuaciones desarrolladas y la justificación de gastos efectuados, debe realizarse como fecha límite el 5 de noviembre de 2018.

Cuarta. Ausencia de Relación Laboral.

La relación del personal de la Asociación con el Real Patronato sobre Discapacidad no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente Convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Quinta. Derechos de explotación.

Los derechos de explotación, en todas las modalidades, de la documentación que se produzca como consecuencia de las actuaciones contempladas en el presente Convenio y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección segunda del Capítulo III del Título II Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, serán propiedad del Real Patronato sobre Discapacidad, en la parte proporcional al porcentaje de financiación. Dicha documentación podrá utilizarse en los cursos y actividades que se programen desde este organismo siempre que cuente con el consentimiento de la Asociación Danza Down y respetando, en todo caso, el derecho moral que le corresponde al autor de la documentación y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.

Sexta. Logotipo.

Asimismo, la documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto del presente Convenio deberán incluir el logotipo del Real Patronato sobre Discapacidad y hacer referencia a este organismo en su calidad de coorganizador, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.

La eventual publicidad y difusión que en su caso se lleve a cabo sobre las actividades objeto del Convenio, se estará en lo que resulte de aplicación a lo dispuesto en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

Séptima. Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión Mixta, que estará formada por dos representantes de cada una de las partes.

Los dos representantes del Real Patronato sobre Discapacidad serán designados por el Director de dicho organismo y los dos representantes de la Asociación Danza Down, serán designados por el Presidente.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Octava. Modificación del Convenio.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades a desarrollar. Dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión Mixta, y se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio. En todo caso, la modificación del Convenio exigirá la suscripción del correspondiente acuerdo de modificación por parte de las entidades firmantes del mismo, limitándose la Comisión Mixta a proponer que se lleve a cabo dicha modificación.

Novena. Protección de datos.

En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas y del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), se informa al representante de la Asociación Danza Down de que sus datos personales se incorporan en ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato sobre Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales, los convenios y la agenda de contactos. Se informa asimismo de que tiene la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le corresponden mediante carta dirigida al Real Patronato sobre Discapacidad Ref. Protección de datos, calle Serrano, 140, 28006 Madrid.

Décima. Plazo de vigencia y efectos.

Siguiendo el contenido del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y hasta el 31 de diciembre de 2018. No procede la prórroga del convenio.

Undécima. Extinción del convenio.

Serán causas de extinción de este convenio, las establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Será motivo de resolución, el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de las partes.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.

Las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, serán que podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.

No obstante, si causará prejuicios se podrá acordar una posible indemnización y a consecuencia se interrumpirán las actividades del convenio.

Duodécima. Responsabilidad civil.

El Real Patronato sobre Discapacidad queda exonerado de cualquier responsabilidad civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este convenio.

Decimotercera. Naturaleza jurídica, resolución de controversias y orden jurisdiccional.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI Título Preliminar de la citada Ley.

Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–La Secretaria General del Real Patronato sobre Discapacidad, María Pilar Díaz López.–El Presidente de la Asociación Danza Down, Elías Lafuente Escrig.

ANEXO
Talleres relacionados con las artes escénicas

Introducción.

El sector de las artes escénicas se ha ido transformando en las dos últimas décadas con la construcción y la rehabilitación de la red de espacios escénicos, la emergencia de un gran número de compañías de Danza, así como la consolidación de varios circuitos de exhibición, para alcanzar los retos tanto en el ámbito de la exhibición como en el de la creación y producción.

Se han establecido nuevos foros de diálogo y colaboración entre la administración pública, el tejido empresarial y la sociedad.

La Cultura relacionada directamente con las Artes escénicas y la Discapacidad adquiere una dimensión especial en la que se hace necesaria su visibilidad en todos los aspectos.

La Asociación Danza Down nació con el propósito de enseñar e inculcar el arte de la danza a personas con Discapacidad Intelectual, especialmente con Síndrome de Down.

La Asociación se relaciona con las artes escénicas, en concreto con la Danza, con la que trabaja para conseguir ir más allá de la actividad terapéutica, complementaria al desarrollo del bailarín, proporcionándole seguridad y autoestima entre otras ventajas. Dar un paso más en el arte escénico entendido como un medio de expresión humana de carácter creativo, de manera inclusiva, reconociendo, promocionando y difundiendo la obra escénica de estos artistas.

La disciplina de la Danza clásica, con sus códigos tan bien elaborados, favorece su biomecánica corporal, trabajando desde la verticalidad, el equilibrio y el control de los ritmos, la métrica musical y la presencia escénica que todo bailarín necesita. Los pasos de danza, ejecutados con rigor ofrecen otro reto a los bailarines que para conseguir la perfección, necesitan muchas horas de ensayo y concentración.

La Danza española les proporciona asimismo soltura y estilismo a la vez que fuerza estética y amor por la música de nuestro país.

El teatro musical alegre y lúdico, les introduce en la interpretación y la canción.

Por todos los beneficios que implica, vamos a coorganizar entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Danza Down estos talleres.

La meta principal es eliminar las barreras que impiden que una persona con discapacidad pueda disfrutar como receptores de mensaje artístico y como creadores de arte y cultura.

Objetivos de las actividades.

– Conseguir la integración de las personas con discapacidad intelectual, favoreciendo su desarrollo personal y poder de superación ofreciendo espectáculos de calidad.

– Promover actividades que mejoren la integración educativa, cultura, laboral o social de las personas con discapacidad.

– Fomentar la cooperación y participación en actividades de culturales de las artes escénicas.

– Favorecer la inclusión social de las personas con discapacidad en un ambiente de normalidad.

– Proporcionar a los participantes un espacio de encuentro y unión, estimulando el trabajo en equipo.

Destinatarios.

Personas con Discapacidad Intelectual, especialmente con Síndrome de Down.

Descripción detallada de las actividades.

Las actividades consisten en la organización entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación Danza Down de talleres relacionados con las Artes Escénicas, tales como Música, Danza, Teatro,… a través de la realización de distintas reuniones de trabajo con la Asociación.

Talleres relacionados con las artes escénicas.

En el mundo del Arte y la Cultura se demandan diversos servicios de escenografía, maquillaje, vestuario, luces, sonido…

Hasta la fecha no hay centros especiales especializados en dar servicio a este sector, por lo que la puesta en marcha de estos talleres permitirá cubrir el actual vacío, al mismo tiempo aumentara las posibilidades de ocupación laboral del colectivo de personas con discapacidad.

Serán jornadas en las que se potencia al máximo la enseñanza de las materias propuestas con los aspectos intrínsecamente relacionados con su práctica como la integración social, solidaridad, colaboración, compañerismo, con la participación de profesionales y voluntarios, jornadas que realmente serán muy eficaces y prácticas.

A través de estas propuestas se apuesta firmemente por una actividad pionera en el mundo de la discapacidad, con el fin de seguir ofreciendo nuevas y necesarias disciplinas, mejorando así la integración, bienestar y salud de los participantes.

Aportaran numerosos beneficios tanto psíquicos como físicos.

Fechas aproximadas de realización de los talleres.

Los cuatro talleres se celebrarán en sábados desde septiembre a noviembre.

Taller de teatro.

Duración: 4 horas.

Lugar: Sede de Danza Down.

Impartido por profesionales de teatro y discapacidad.

Actividad destinada para personas con discapacidad intelectual, con la participación de dos voluntarios mínimo.

Este taller de teatro está enfocado para que el alumno aprenda los mecanismos intrínsecos de este arte universal y así poder posteriormente aplicarlo a las propuestas coreográficas que necesitan de una actitud y presencia escénica. De esta manera el alumno se beneficiara y adquirirá unas dotes artísticas complementarias y necesarias, mejorando el aumento de la atención, la percepción multisensorial, potenciación de la memoria, estímulo del razonamiento lógico, potenciación de las actividades motoras, y reducción de niveles de ansiedad.

Taller de vestuario.

Duración: 4 horas.

Lugar: Sede de Danza Down.

Impartido por profesional del diseño y vestuario de Danza y Teatro.

Actividad destinada para personas con discapacidad intelectual, con la participación de dos voluntarios mínimo.

Este taller de está enfocado para que el alumno aprenda las bases que componen el vestuario teatral, enseñando aspectos prácticos de la misma, como selección de telas y texturas, patronaje sencillo, diseño como asimismo casos prácticos como poder aprender a coser de una manera.

Taller de danza (introducción a los fundamentos de la danza clásica).

Duración: 4 horas.

Lugar: Sede de Danza Down.

Impartido por profesional de la Danza y especializado en discapacidad intelectual.

Actividad destinada para personas con discapacidad intelectual, con la participación de dos voluntarios mínimo.

Este taller de danza servirá para aprender los fundamentos más básicos de la Danza Académica, posiciones y ejercidos.

Consiste básicamente en un programa sistemático de acondicionamiento físico, ejercicio y actividad diseñada para inculcar el amor y respeto hacia este arte universal. En ocasiones el programa es individualizado para cumplir con las necesidades específicas de cada alumno.

La relación con otros compañeros, capacidad de memoria, ritmo, coordinación, control corporal, atención, afán de superación, cambios físicos proporcionando más equilibrio, estabilidad y flexibilidad entre otras ventajas.

– Carácter fundamentalmente técnico, artístico y musical, ya que en sí misma el aprendizaje de la Danza obliga a canalizar el movimiento, es decir, incita a la personalización a través de los pasos y variaciones propuestos y debidamente realizados.

– Desarrolla contenidos específicos con el fin de mejorar la percepción postural para su posterior ejecución en el escenario.

– Trabaja la relación del cuerpo con el entorno a través de la música clásica, española y musical, mediante el empleo de diferentes partituras musicales escritas expresamente para la ejecución de las coreografías propuestas (Música de Barra, Centro, Adagios, Allegros).

– Desarrolla la capacidad artística de cada alumno, valorando sus dotes.

– Estimula el trabajo en equipo y la posterior ejecución en las representaciones.

– Para las personas con Síndrome de Down La Danza y todo su estudio, ayuda una mejor verbalización, ya que dota a la palabra de ritmo, métrica musical facilitando la comunicación.

Taller de danza [introducción a los compases (alegrías, bulerías, sevillanas)].

Duración: 4 horas.

Lugar: Sede de Danza Down.

Impartido por profesional de la Danza y especializado en discapacidad intelectual.

Actividad destinada para personas con discapacidad intelectual, con la participación de dos voluntarios mínimo.

Este taller de danza servirá para aprender los fundamentos más básicos del Flamenco, posiciones y ejercidos, acompañados por música en directo (Guitarra).

– Trabaja la relación del cuerpo con el entorno a través del Flamenco, mediante el empleo de diferentes los diferentes palos

– Desarrolla la capacidad artística de cada alumno, valorando sus dotes.

– Estimula el trabajo en equipo y la posterior ejecución en las representaciones.

– Para las personas con Síndrome de Down La Danza y todo su estudio, ayuda una mejor verbalización, ya que dota a la palabra de ritmo, métrica musical facilitando la comunicación.

Presupuesto estimado por taller.

Presupuesto de Gastos:

Honorarios profesores: 500 euros.

Seguro de accidente y responsabilidad civil: 50 euros.

Otros: Material taller, folletos, diplomas, merchandising, medios técnicos, refrigerio, etc.: 525 euros.

Total por taller: 1.075 euros.

Cuatro talleres: taller de teatro, taller de vestuario, taller de danza clásica, taller de flamenco.

Presupuesto global cuatro talleres:

Taller de teatro: 1.075,00 euros.

Taller de vestuario: 1.075,00 euros.

Taller de danza clasica: 1.075,00 euros.

Taller de flamenco: 1.075,00 euros.

Total talleres: 4.300,00 euros.

– Aportación del Real Patronato sobre Discapacidad: 3.000,00 € (69,77 %).

– Aportación de la Asociación Danza Down: 1.300 € (30,23 %).

Los gastos a efectuar con cargo a las aportaciones de las partes, a efectos de justificación tendrán carácter estimativo entre ellos. Al tratarse de cuantías estimadas se permitirá una variación de un +20 % entre las partidas presupuestadas, siempre que en otras haya un déficit por la misma cantidad y cuando no se supere el importe total de las actividades a realizar.

En el caso de que el coste real de la actividad fuera inferior al presupuestado se reducirán proporcionalmente las aportaciones de cada una de la partes en relación a la aportación inicial comprometida por cada una de ellas.

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