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Documento BOE-A-2022-19603

Resolución de 17 de noviembre de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica la Adenda modificativa al Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para el desarrollo de la edición 2022-23 del Programa estatal de circulación de espectáculos de artes escénicas en espacios de las Entidades Locales ("Platea").

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 25 de noviembre de 2022, páginas 160795 a 160796 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2022-19603

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Federación Española de Municipios y Provincias han suscrito, con fecha 16 de noviembre de 2022, una adenda modificativa al convenio para el desarrollo de la edición 2022-23 del Programa estatal de circulación de espectáculos de artes escénicas en espacios de las entidades locales («Platea»), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 17 de noviembre de 2022.–El Director General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Joan Francesc Marco Conchillo.

ANEXO
Adenda modificativa al convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Federación Española de Municipios y Provincias para el desarrollo de la edición 2022-23 del Programa estatal de circulación de espectáculos de artes escénicas en espacios de las entidades locales («Platea»)

En Madrid, 16 de noviembre de 2022.

De una parte, don Joan Francesc Marco Conchillo, Director General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, en nombre y representación del citado organismo, con sede en la plaza del Rey, núm. 1, 28004 Madrid, y NIF número Q2818024H, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 229/2022, de 29 de marzo, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (BOE núm. 306 de 20 de diciembre).

Y, de otra, el Secretario General de la Federación Española de Municipios y Provincias, don Carlos Daniel Casares Díaz, en virtud del nombramiento efectuado por la Junta de Gobierno de la FEMP en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2018 y ratificado en su reunión de 21 de septiembre de 2019, actuando en nombre y representación de la misma, en uso de las facultades conferidas en escritura pública con número de protocolo 2659, otorgada ante el Notario de Vigo don José Antonio Rodríguez González, de fecha 10 de octubre de 2018, y de las funciones que le atribuye el artículo 39, apartado 2, de los estatutos de esta federación, aprobados en su XII Pleno ordinario celebrado en Madrid el día 21 de septiembre de 2019, con domicilio en la calle Nuncio 8, 28005 Madrid y CIF G-28783991.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente para formalizar la presente adenda al convenio.

EXPONEN

I. Que el INAEM y la FEMP firmaron el 31 de marzo de 2022 un convenio para el desarrollo de la edición 2022-23 del Programa estatal de circulación de espectáculos de artes escénicas en espacios de las entidades locales («Platea»).

II. Que el citado convenio contempla la posibilidad de modificación de sus términos, lo que requerirá el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

III. Que mediante la presente adenda ambas partes unánimemente

ACUERDAN

Primera. Modificación de la cláusula cuarta del convenio.

Las partes acuerdan, de conformidad con la cláusula sexta del convenio, que la cláusula cuarta queda redactada como sigue:

«Los gastos derivados de la ejecución del programa «Platea» que corresponda abonar al INAEM se financiarán con cargo a los conceptos presupuestarios 24.107.335A.280, por un importe máximo de 525.300,00 euros, y 24.107.335B.280, por un importe máximo de 1.546.000,00 euros, consignados en los presupuestos generales del Estado vigentes en 2022, así como con cargo a los conceptos presupuestarios 24.107.335A.280, por un importe máximo de 934.200,00 euros, y 24.107.335B.280, por un importe máximo de 2.094.500,00 euros, que se consignen en los presupuestos generales del Estado vigentes en 2023.

De estas cuantías, un máximo del 1,5 % del presupuesto total de 2022 (31.069,50 euros) y del 1,5 % del presupuesto total de 2023 (45.430,50 euros) podrá destinarse a cubrir los gastos de las acciones formativas, a la comunicación y la publicación de conclusiones previstas en la cláusula anterior, así como a la planificación y ejecución de la evaluación del programa, a través de contratos tramitados de conformidad con la vigente Ley de Contratos del Sector Público.

La ejecución de las actividades de difusión y seguimiento comprometidas por la FEMP en virtud del presente convenio no comportará gastos adicionales para la FEMP.»

Segunda. Eficacia y validez de la presente adenda al convenio de 31 de marzo de 2022.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda.–Por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, el Director General, Joan Francesc Marco Conchillo.–Por la FEMP, el Secretario General, Carlos Daniel Casares Díaz.

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