Se ha formulado Acuerdo de interrupción de plazo por petición de informe al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias y Resolución en el siguiente expediente sancionador:
Expediente: 192/2010. Interesado: Joseph Yeboah. Fecha de la interrupción de plazo: 12 de agosto de 2010. Fecha Resolución: 28 de octubre de 2010.
Por el presente anuncio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y desconociéndose el último domicilio del interesado, se le notifica que pueden retirar el Acuerdo de interrupción de plazo por petición de informe al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias y la citada Resolución en el despacho del Instructor (Dirección General del Tesoro y Política Financiera, Paseo del Prado, 6, 2ª, 1, Madrid), dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de este anuncio.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa y que será inmediatamente ejecutiva, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta la resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, a tenor de lo dispuesto en los articulas 116 y 117 de la Ley 30/1992 o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo establecido en el artículo 9 b) en relación con el 8.2 b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha, de conformidad con el artículo 46 de la misma Ley.
Madrid, 4 de noviembre de 2010.- El Instructor: Alberto Sabido Martín.
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