Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-17737

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 2019, páginas 21995 a 21995 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-17737

TEXTO

E D I C T O

D./Dña. Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche,

Por el presente hago saber: Que por auto de fecha 15/4/19 en el procedimiento con número de autos 000205/2019 y N.I.G. 03065-66-1-2019-0000174, se ha declarado en Concurso Abreviado Voluntario [CNA] al concursado (1) ROYAL QUALITY BRANDS AND GOODS, S.L. con domicilio social en Elche (03203), Parque Empresarial c/ Marie Curie, n.º 31, provista de C.I.F B-42571265 e inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 4118, Folio 141, Hoja A-159718; (2) RQB DISTRIBUCIONES Y SERVICIOS AUXILIARES, S.L. con domicilio social en Elche (03203), Parque Empresarial, c/ Marie Curie, n.º 31, provista de C.I.F B-42571406, e inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 4117, Folio 179, Hoja A-159739; y (3) LID WORLD TRADE, S.L., con domicilio social en Elche (03203), Parque Empresarial c/ Marie Curie, n.º 31, provista de C.I.F B-42574665, e inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 4125, Folio 177, Hoja A-160195, representadas por el procurador D/Dª Ana Carmen Palazón Balboa.

Facultades del concursado: Suspendido

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D. Salvador Company Peris, economista colegiado del Ilustre Colegio de Valencia y Alicante con domicilio postal para notificaciones: Calle Padre Tomás de Montañana, 38, 2.º, 46023 - Valencia; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: concursal.afc@gmail.com; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal: Calle Ángel, 31, 3º, 03203 - Elche.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el concursado, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 15 de abril de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Cuellar Otón.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid