Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-48576

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 14 de noviembre de 2019, páginas 62406 a 62406 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-48576

TEXTO

Xavier García Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de Asunto. Concurso consecutivo 2405/2019 Sección: 4.

NIG: 0801947120198025441.

Fecha del auto de declaración. 30 de octubre de 2019.

Clase de Concurso: Concurso Consecutivo voluntario.

Entidad Concursada. Nina Alastruey Grácia, con DNI 37291383B.

Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a Albert de Buen Farres, con domicilio en calle Balmes nº 90, principal 1º B. 08008 Barcelona.

Dirección electrónica: adebuenf@hotmail.com

Régimen de facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC) en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina Judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C). Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Apertura sección 5 Liquidación:

Se tiene por presentado el plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar el Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones.

Se tiene por presentado el informa del art. 75 LC por lo que las impugnaciones al mismo deberán presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de créditos.

Los acreedores podrán mediante escrito razonado solicitar la apertura de la sección de calificación en el mismo plazo.

Barcelona, 4 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid