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Documento BORME-C-2003-127058

HISPANOMOCIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) URBANIZADORA POZOBLANCO, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 127, páginas 17518 a 17518 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-127058

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, y demás disposiciones concordantes, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de accionistas y socios de las compañías, celebradas el día 25 de junio de 2003, aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de la sociedad Urbanizadora Pozoblanco, Sociedad Limitada, por Hispanomoción, Sociedad Anónima, adquiriendo ésta el patrimonio de la sociedad absorbida, que quedará disuelta y extinguida, sin liquidación, con el traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio.

La fusión se acordó de conformidad con el proyecto de fusión conjunto depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 9 de abril de 2003, depósito que fue publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 78 del día 25 de abril de 2003, y los balances de fusión cerrados el 31 de diciembre de 2002 y aprobados en sus respectivas Juntas ordinarias. La fusión tendrá efectos contables a partir del día 1 de enero de 2003.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho de los accionistas y acreedores de las Sociedades que participan en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión.

Asimismo, tal como establece el artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, la fusión no podrá ser realizada antes de que transcurra un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de las Juntas generales de las Sociedades que intervienen en la fusión.

Durante este plazo los acreedores de las sociedades que se fusionan, podrán oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 del citado Texto Refundido.

Madrid, 26 de junio de 2003.-Álvaro Díaz de Bustamante, Secretario del Consejo de Administración de Hispanomoción, Sociedad Anónima. Alain Villegas.-El Secretario del Consejo de Administración de Urbanizadora Pozoblanco, Sociedad Limitada.-33.435. 2.a 8-7-2003.

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