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Documento BORME-C-2003-148045

INGRAM MICRO, S. A. (Sociedad absorbente) INGRAM MICRO PURCHASING & WAREHOUSING, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 19985 a 19986 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-148045

TEXTO

En cumplimiento del artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el 30 de junio de 2003, los Accionistas mediante Junta General, Ordinaria, Extraordinaria y Universal de Accionistas de la compañía Ingram Micro, Sociedad Anónima y el Accionista Único de Ingram Micro Purchasing & Warehousing, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, acordaron la fusión de las dos Sociedades, mediante la absorción de Ingram Micro Purchasing & Warehousing, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal por Ingram Micro, Sociedad Anónima, titular único del íntegro capital social de dicha Sociedad absorbida. En consecuencia, Ingram Micro, Socie dad Anónima adquiere, en bloque por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida, que queda disuelta sin liquidación, habiéndose aprobado asimismo, en dicha junta, los Balances de fusión de ambas Compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2002, todo ello de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por el Consejo de Administración de ambas Sociedades.

Al ser Ingram Micro, Sociedad Anónima, titular de la totalidad del capital social de Ingram Micro Purchasing & Warehousing, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, no procede la ampliación del capital social de la Sociedad absorbente, la elaboración de los informes de los Administradores y expertos independientes, ni el canje de acciones establecido en los apartados b) y c) del artículo 235 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Asimismo, las operaciones realizadas por Ingram Micro Purchasing & Warehousing, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, se entienden realizadas a efectos contables por Ingram Micro, Sociedad Anónima, desde el día 1 de enero de 2003. No se reconoce derecho especial alguno, ni ventajas especiales a favor de los Administradores de la Sociedad absorbente. Tampoco se modifican los Estatutos de dicha Sociedad.

En cumplimiento del artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace expresa constancia del derecho que asiste a los Accionistas y acreedores de las dos Sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las Sociedades de oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Para ejercitar su derecho de oposición, los acreedores dispondrán del plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión.

Barcelona, 21 de julio de 2003.-El Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente: Don Alain François Pierre Maquet, Don Karel Victor Hubert Everaet, Doña Karen Lynn Griffiths y Don Dominique Jean Charles Meyer y el Consejo de Administración de la Sociedad Absorbida: Doña Lynn Jolliffe, Don Antonio Giuseppe Gabba y Don Peter van der Berg.-37.710. y 3.a 6-8-2003.

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