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Documento BORME-C-2003-154077

PROMALLAS, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 154, páginas 20715 a 20716 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-154077

TEXTO

Reducción de capital En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General de accionistas celebrada el pasado día 16 de junio de 2.003, en base a lo establecido en el artículo 170 de la Ley de Sociedades Anónimas, acordó reducir el capital social en la suma máxima de 17.188,6 euros, mediante la adquisición, para su posterior amortización, de un máximo de 2.860 acciones propias, ordinarias, nominativas, de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, íntegramente desembolsadas, por precio de 178,62 euros por acción y demás condiciones aprobadas por la citada Junta.

Comunicada la correspondiente oferta de compra a la totalidad de los accionistas, cumpliendo los requisitos exigidos por el artículo 170 de la Ley de Sociedades Anónimas, la Sociedad adquirió de los accionistas aceptantes de la oferta, por título de compra y conforme a las condiciones de la misma, 2.860 acciones propias. En consecuencia, el Administrador Único, con fecha 10 de julio de 2.003 y en base a la delegación de facultades expresamente conferida por la Junta General y a las condiciones de la oferta de compra, redujo el capital social en la suma de 17.188,6 euros, amortizándose la totalidad de las acciones propias adquiridas y quedando fijado el capital social en 103.011,40 euros, modificándose la redacción del artículo 5 de los Estatutos Sociales.

Los acreedores sociales tendrán el derecho de oponerse conforme al artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas y concordantes.

La ejecución de la reducción de capital acordada se llevará a efecto una vez transcurrido el plazo de un mes desde la publicación del último de los anuncios previstos en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas sin que ningún acreedor haya ejercido su derecho de oposición, o caso contrario, una vez la Sociedad haya satisfecho el crédito o prestado la correspondiente garantía a satisfacción del acreedor que hubiere ejercitado su derecho de oposición.

Fuenlabrada (Madrid), 11 de julio de 2003.-El Administrador único, D. Sigfrido Moya Moya.-38.511.

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