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Documento BORME-C-2003-221122

UNIÓN PANADERA DE LA RIBERA, S. L. (Sociedad absorbente) PANADERÍA NAVARRO MAULEÓN, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 32164 a 32164 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-221122

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta General Universal de socios de la mercantil Unión Panadera de la Ribera, S. L.

(sociedad absorbente), celebrada en el domicilio social, el día 3 de Noviembre de 2003 y el Socio Único de Panadería Navarro Mauleón, S. L., sociedad unipersonal, ejerciendo las competencias de la Junta General celebrada en su domicilio social, el día 3 de Noviembre de 2003, acordaron por unanimidad la fusión por absorción de la Sociedad Panadería Navarro Mauleón, S. L. sociedad unipersonal (sociedad absorbida) por su socia única Unión Panadera de la Ribera, S. L. (sociedad absorbente), mediante el procedimiento establecido en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas.

La Fusión se realiza en los términos propuestos en el Proyecto de Fusión conjunto depositado en el Registro Mercantil de Navarra y se producirá por disolución sin liquidación de la citada sociedad absorbida, y traspaso en bloque a título universal de patrimonio a la sociedad absorbente. Fecha de efectividad a efectos contables de la fusión: se fija como fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad que se extinga han de considerarse realizadas será el día 1 de julio de 2003. No existe, tanto en la sociedad absorbente como en la sociedad absorbida, ninguna clase de acciones ni participaciones especiales o privilegiadas, ni persona que tenga derechos especiales distintos de las acciones y participaciones sociales, por lo que no es preciso considerar esta cuestión en la fusión. No se reconocen ventajas de ninguna clase a los expertos independientes ni a los Administradores de las sociedades participantes en la operación.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión cerrados a 30 de junio de 2003, de las sociedades absorbida y absorbente.

Se reconoce, a efectos de lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho de los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades que se fusionan, a oponerse a la misma en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 238 y 240.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos a las acciones y participaciones, así como de los representantes de los trabajadores, para su examen, en el domicilio social, los siguientes documentos, así como obtener la entrega o envío gratuito de los mismos: El proyecto de fusión, los informes de los Administradores de cada una de las Sociedades sobre el proyecto de fusión; las cuentas anuales y el informe de gestión de los tres últimos ejercicios de las Sociedades que participan en la fusión, los Estatutos vigentes de las sociedades que participan en la fusión; la relación de nombre, apellidos, edad, nacionalidad y domicilio de los administradores de las sociedades que participan en la fusión y las fechas desde que desempeñan sus cargos.

Pamplona, 4 de noviembre de 2003.-El Administrador Único de Unión Panadera de la Ribera, S. L., don Miguel Ángel Irañeta Azagra, y el Administrador Único de Panadería Navarro Mauleón, S. L. (sociedad unipersonal), don Enrique Munárriz Desojo.-50.684. 2.a 19-11-2003.

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