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Documento BORME-C-2003-244049

HORMIGONES Y ÁRIDOS DEL PIRINEO ARAGONÉS, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) ÁRIDOS, MORTEROS Y HORMIGONES DE SABIÑÁNIGO, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 244, páginas 35641 a 35642 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-244049

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de Accionistas de Hormigones y Áridos del Pirineo Aragonés, Sociedad Anónima (Sociedad absorbente) y Áridos, Morteros y Hormigones de Sabiñánigo, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida), celebradas el día 27 de noviembre de 2003, respectivamente, han aprobado, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Hormigones y Áridos del Pirineo Aragonés, Sociedad Anónima de su filial Áridos, Morteros y Hormigones de Sabiñánigo, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal, quedando la sociedad absorbida disuelta, sin liquidación y transmitiendo en bloque a título universal todo su patrimonio a la sociedad absorbente, sobre los balances cerrados a 30 de septiembre de 2003 y en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por el Consejo de Administración de Hormigones y Áridos del Pirineo Aragonés, Sociedad Anónima y los Administradores Solidarios de Áridos, Morteros y Hormigones de Sabiñánigo, Sociedad Limitada, con fecha 7 de Noviembre de 2003, depositado en el Registro Mercantil de Huesca.

Las operaciones de la sociedad absorbida se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente desde el 1 de octubre de 2003.

Siendo Hormigones y Áridos del Pirineo Aragonés, Sociedad Anónima, titular de todas las acciones representativas del capital social de Áridos, Morteros y Hormigones de Sabiñánigo, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal no ha lugar al canje de las acciones ni el aumento de capital social de la sociedad absorbente.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Sabiñánigo, 2 de diciembre de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración de Hormigones y Áridos del Pirineo Aragonés, Sociedad Anónima, José Ramón Bujanda Sáenz y un Administrador Solidario de Áridos, Morteros y Hormigones de Sabiñánigo, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal, Javier Chocarro Huesa.-57.286.

1.a 23-12-2003.

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